La Clasificación
Arancelaria que se describe en este apartado es conforme a la Ley de los
Impuestos Generales de Importación y Exportación, con el propósito de brindar información sobre
operaciones de comercio exterior ante las Aduanas
del País.
En el supuesto de que llegue a tener algún inconveniente en
importaciones, puede considerar que todas las resoluciones de Aduanas son susceptibles
de ser impugnadas ante el Tribunal
Federal de Justicia Administrativa mediante Juicio de Nulidad, por lo que en caso de que llegue a requerir asesoría
no dude en contactar a nuestra firma legal
Capítulo 80
Estaño y sus manufacturas
Nota de subpartida.
1. En este Capítulo, se entiende por:
a) Estaño sin alear
el metal con un contenido de estaño superior o igual al 99% en peso, siempre que el contenido de bismuto o de cobre, eventualmente presentes, sea inferior en peso a los límites indicados en el cuadro siguiente:
CUADRO - Otros elementos
Elemento Contenido límite % en peso
Bi Bismuto
Cu Cobre 0.1 0.4
b) Aleaciones de estaño
las materias metálicas en las que el estaño predomine en peso sobre cada uno de los demás elementos, siempre que:
1) el contenido total de los demás elementos sea superior al 1% en peso; o
2) el contenido de bismuto o cobre sea superior o igual en peso a los límites indicados en el cuadro anterior.
CÓDIGO DESCRIPCIÓN UNIDAD CUOTA (ARANCEL) IMPUESTO DE IMP. IMPUESTO DE EXP.
80.01 Estaño en bruto.
8001.10 - Estaño sin alear.
8001.10.01 Estaño sin alear. Kg Ex. Ex.
8001.20 - Aleaciones de estaño.
8001.20.01 Aleaciones de estaño. Kg Ex. Ex.
80.02 Desperdicios y desechos, de estaño.
8002.00 Desperdicios y desechos, de estaño.
8002.00.01 Desperdicios y desechos, de estaño. Kg Ex. Ex.
80.03 Barras, perfiles y alambre, de estaño.
8003.00 Barras, perfiles y alambre, de estaño.
8003.00.01 Barras, perfiles y alambre, de estaño. Kg Ex. Ex.
80.07 Las demás manufacturas de estaño.
8007.00 Las demás manufacturas de estaño.
8007.00.01 Chapas, hojas y tiras, de estaño, de espesor superior a 0.2 mm. Kg Ex. Ex.
8007.00.02 Hojas y tiras, delgadas, de estaño (incluso impresas o fijadas sobre papel, cartón, plástico o soportes similares), de espesor inferior o igual a 0.2 mm (sin incluir el Kg Ex. Ex.
soporte); polvo y escamillas, de estaño.
8007.00.03 Tubos y accesorios de tubería (por ejemplo: empalmes (racores), codos, manguitos), de estaño. Kg Ex. Ex.
8007.00.99 Las demás. Kg 15 Ex.