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Clasificación arancelaria Fundición, hierro y acero METALES COMUNES Y MANUFACTURAS DE ESTOS METALES

Descripcion

 La Clasificación Arancelaria que se describe en este apartado es conforme a la Ley de los Impuestos Generales de Importación y Exportación,  con el propósito de brindar información sobre operaciones de comercio exterior ante las Aduanas del País.

En el supuesto de que llegue a tener algún inconveniente en importaciones, puede considerar que todas las resoluciones de Aduanas son susceptibles de ser impugnadas ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa mediante Juicio de Nulidad,  por lo que en caso de que llegue a requerir asesoría no dude en contactar a nuestra firma legal  

Capítulo 72

Fundición, hierro y acero

Notas.

1. En este Capítulo y, respecto a los apartados d), e) y f) de esta Nota, en toda la Nomenclatura, se consideran:

a) Fundición en bruto

las aleaciones hierro-carbono que no se presten prácticamente a la deformación plástica, con un contenido de carbono superior al 2% en peso, incluso con otro u otros elementos en las proporciones en peso siguientes:

- inferior o igual al 10% de cromo

- inferior o igual al 6% de manganeso

- inferior o igual al 3% de fósforo

- inferior o igual al 8% de silicio

- inferior o igual al 10%, en total, de los demás elementos.

b) Fundición especular

las aleaciones hierro-carbono con un contenido de manganeso superior al 6% pero inferior o igual al 30%, en peso, siempre que las demás características respondan a la definición de la Nota 1 a).

c) Ferroaleaciones

las aleaciones en lingotes, bloques, masas o formas primarias similares, en formas obtenidas por colada continua o en granallas o en polvo, incluso aglomerados, corrientemente utilizadas en la siderurgia como productos de aporte para la preparación de otras aleaciones, o como desoxidantes, desulfurantes o en usos similares y que no se presten generalmente a la deformación plástica, con un contenido de hierro superior o igual al 4% en peso y con uno o varios elementos en las proporciones en peso siguientes:

- superior al 10% de cromo

- superior al 30% de manganeso

- superior al 3% de fósforo

- superior al 8% de silicio

- superior al 10%, en total, de los demás elementos, excepto el carbono, sin que el porcentaje de cobre sea superior al 10%.

d) Acero

las materias férreas, excepto las de la partida 72.03 que, salvo determinados tipos de aceros producidos en forma de piezas moldeadas, se presten a la deformación plástica y con un contenido de carbono inferior o igual al 2% en peso. Sin embargo, los aceros al cromo pueden tener un contenido de carbono más elevado.

e) Acero inoxidable

el acero aleado con un contenido de carbono inferior o igual al 1.2% en peso y de cromo superior o igual al 10.5% en peso, incluso con otros elementos.

f) Los demás aceros aleados

los aceros que no respondan a la definición de acero inoxidable y que contengan uno o varios de los elementos indicados a continuación en las proporciones en peso siguientes:

- superior o igual al 0.3% de aluminio

- superior o igual al 0.0008% de boro

- superior o igual al 0.3% de cromo

- superior o igual al 0.3% de cobalto

- superior o igual al 0.4% de cobre

- superior o igual al 0.4% de plomo

- superior o igual al 1.65% de manganeso

- superior o igual al 0.08% de molibdeno

- superior o igual al 0.3% de níquel

- superior o igual al 0.06% de niobio

- superior o igual al 0.6% de silicio

- superior o igual al 0.05% de titanio

- superior o igual al 0.3% de volframio (tungsteno)

- superior o igual al 0.1% de vanadio

- superior o igual al 0.05% de circonio

- superior o igual al 0.1% de los demás elementos considerados individualmente (excepto el azufre, fósforo, carbono y nitrógeno).

g) Lingotes de chatarra de hierro o de acero

los productos colados groseramente en forma de lingotes sin mazarotas o de bloques, que presenten defectos profundos en la superficie y no respondan, en su composición química, a las definiciones de fundición en bruto, de fundición especular o de ferroaleaciones.

h) Granallas

los productos que pasen por un tamiz con abertura de malla de 1 mm en proporción inferior al 90% en peso, y por un tamiz con abertura de malla de 5 mm en proporción superior o igual al 90% en peso.

ij) Productos intermedios

los productos de sección maciza obtenidos por colada continua, incluso con un laminado grosero en caliente; y

los demás productos de sección maciza simplemente laminados groseramente en caliente o simplemente desbastados por forjado, incluidos los desbastes de perfiles.

Estos productos no se presentan enrollados.

k) Productos laminados planos

los productos laminados de sección transversal rectangular maciza que no respondan a la definición de la Nota ij) anterior,

- enrollados en espiras superpuestas, o

- sin enrollar, de anchura superior o igual a diez veces el espesor si éste es inferior a 4.75 mm, o de anchura superior a 150 mm si el espesor es superior o igual a 4.75 mm pero inferior o igual a la mitad de la anchura.

Estos productos se clasifican como productos laminados planos aunque presenten motivos en relieve que procedan directamente del laminado (por ejemplo: acanaladuras, estrías, gofrados, lágrimas, botones, rombos), así como los perforados, ondulados o pulidos, siempre que estos trabajos no les confieran el carácter de artículos o manufacturas comprendidos en otra parte.

Los productos laminados planos de cualquier dimensión, excepto los cuadrados o rectangulares, se clasifican como productos de anchura superior o igual a 600 mm, siempre que no tengan el carácter de artículos o manufacturas comprendidos en otra parte.

l) Alambrón

el producto laminado en caliente, enrollado en espiras irregulares (coronas), cuya sección transversal maciza tenga forma de círculo, segmento circular, óvalo, cuadrado, rectángulo,

triángulo u otro polígono convexo (incluidos los círculos aplanados y los rectángulos modificados, en los que dos lados opuestos tengan forma de arco convexo y los otros dos sean rectos, iguales y paralelos). Estos productos pueden tener muescas, cordones, surcos o relieves, producidos en el laminado (llamados “armaduras para hormigón” o “redondos para construcción”).

m) Barras

los productos que no respondan a las definiciones de los apartados ij), k) o l) anteriores ni a la definición de alambre, cuya sección transversal maciza y constante tenga forma de círculo, segmento circular, óvalo, cuadrado, rectángulo, triángulo u otro polígono convexo (incluidos los círculos aplanados y los rectángulos modificados, en los que dos lados opuestos tengan forma de arco convexo y los otros dos sean rectos, iguales y paralelos). Estos productos pueden:

- tener muescas, cordones, surcos o relieves, producidos en el laminado (llamados “armaduras para hormigón” o “redondos para construcción”);

- haberse sometido a torsión después del laminado.

n) Perfiles

los productos de sección transversal maciza y constante que no respondan a las definiciones de los apartados ij), k), l) o m) anteriores ni a la definición de alambre.

El Capítulo 72 no comprende los productos de las partidas 73.01 o 73.02.

o) Alambre

el producto de cualquier sección transversal maciza y constante, obtenido en frío y enrollado, que no responda a la definición de productos laminados planos.

p) Barras huecas para perforación

las barras de cualquier sección adecuadas para la fabricación de barrenas, cuya mayor dimensión exterior de la sección transversal, superior a 15 mm pero inferior o igual a 52 mm, sea por lo menos el doble de la mayor dimensión interior (hueco). Las barras huecas de hierro o acero que no respondan a esta definición se clasifican en la partida 73.04.

2. Los metales férreos chapados con metal férreo de calidad diferente siguen el régimen del metal férreo que predomine en peso.

3. Los productos de hierro o acero obtenidos por electrólisis, por colada a presión o por sinterizado, se clasifican según su forma, composición y aspecto, en las partidas correspondientes a los productos análogos laminados en caliente.

Notas de subpartida.

1. En este Capítulo, se entiende por:

a) Fundición en bruto aleada

la fundición en bruto que contenga uno o varios de los elementos siguientes en las proporciones en peso que se indican:

- superior al 0.2% de cromo

- superior al 0.3% de cobre

- superior al 0.3% de níquel

- superior al 0.1% de cualquiera de los elementos siguientes: aluminio, molibdeno, titanio, volframio (tungsteno), vanadio.

b) Acero sin alear de fácil mecanización

el acero sin alear que contenga uno o varios de los elementos siguientes en las proporciones en peso que se indican:

- superior o igual al 0.08% de azufre

- superior o igual al 0.1% de plomo

- superior al 0.05% de selenio

- superior al 0.01% de telurio

- superior al 0.05% de bismuto.

c) Acero al silicio llamado “magnético” (acero magnético al silicio)

el acero con un contenido de silicio superior o igual al 0.6% pero inferior o igual al 6%, en peso, y un contenido de carbono inferior o igual al 0.08% en peso, aunque contenga aluminio en proporción inferior o igual al 1% en peso, pero sin otro elemento cuya proporción le confiera el carácter de otro acero aleado.

d) Acero rápido

el acero aleado que contenga, incluso con otros elementos, por lo menos dos de los tres elementos siguientes: molibdeno, volframio (tungsteno) y vanadio, con un contenido total superior o igual al 7% en peso para estos elementos considerados en conjunto, y un contenido de carbono superior o igual al 0.6% y de cromo del 3% al 6%, en peso.

e) Acero silicomanganeso

el acero aleado que contenga en peso una proporción:

- inferior o igual al 0.7% de carbono,

- superior o igual al 0.5% pero inferior o igual al 1.9%, de manganeso, y

- superior o igual al 0.6% pero inferior o igual al 2.3%, de silicio, sin otro elemento cuya proporción le confiera el carácter de otro acero aleado.

2. La clasificación de las ferroaleaciones en las subpartidas de la partida 72.02 se regirá por la regla siguiente:

Una ferroaleación se considerará binaria y se clasifica en la subpartida apropiada (si existe), cuando solo uno de los elementos de la aleación tenga un contenido superior al porcentaje mínimo estipulado en la Nota 1 c) del Capítulo. Por analogía, se considerará ternaria o cuaternaria, respectivamente, cuando dos o tres de los elementos de la aleación tengan contenidos superiores a los porcentajes mínimos indicados en dicha Nota.

Para la aplicación de esta regla, los elementos no citados específicamente en la Nota 1 c) del Capítulo y comprendidos en la expresión los demás elementos deberán, sin embargo, exceder cada uno del 10% en peso.

CÓDIGO DESCRIPCIÓN UNIDAD CUOTA (ARANCEL) IMPUESTO DE IMP. IMPUESTO DE EXP.

SUBCAPÍTULO I

PRODUCTOS BÁSICOS; GRANALLAS Y POLVO

72.01 Fundición en bruto y fundición especular, en lingotes, bloques o demás formas primarias.

7201.10 - Fundición en bruto sin alear con un contenido de fósforo inferior o igual al 0.5% en peso.

7201.10.01 Fundición en bruto sin alear con un contenido de fósforo inferior o igual al 0.5% en peso. Kg Ex. Ex.

7201.20 - Fundición en bruto sin alear con un contenido de fósforo superior al 0.5% en peso.

7201.20.01 Fundición en bruto sin alear con un contenido de fósforo superior al 0.5% en peso. Kg Ex. Ex.

7201.50 - Fundición en bruto aleada; fundición especular.

7201.50.02 Fundición en bruto aleada; fundición especular. Kg Ex. Ex.

72.02 Ferroaleaciones.

- Ferromanganeso:

7202.11 -- Con un contenido de carbono superior al 2% en peso.

7202.11.01 Con un contenido de carbono superior al 2% en peso. Kg Ex. Ex.

7202.19 -- Los demás.

7202.19.99 Los demás. Kg Ex. Ex.

- Ferrosilicio:

7202.21 -- Con un contenido de silicio superior al 55% en peso.

7202.21.02 Con un contenido de silicio superior al 55% en peso. Kg Ex. Ex.

7202.29 -- Los demás.

7202.29.99 Los demás. Kg Ex. Ex.

7202.30 - Ferro-sílico-manganeso.

7202.30.01 Ferro-sílico-manganeso. Kg Ex. Ex.

- Ferrocromo:

7202.41 -- Con un contenido de carbono superior al 4% en peso.

7202.41.01 Con un contenido de carbono superior al 4% en peso. Kg Ex. Ex.

7202.49 -- Los demás.

7202.49.99 Los demás. Kg Ex. Ex.

7202.50 - Ferro-sílico-cromo.

7202.50.01 Ferro-sílico-cromo. Kg Ex. Ex.

7202.60 - Ferroníquel.

7202.60.01 Ferroníquel. Kg Ex. Ex.

7202.70 - Ferromolibdeno.

7202.70.01 Ferromolibdeno. Kg Ex. Ex.

7202.80 - Ferrovolframio y ferro-sílico-volframio.

7202.80.01 Ferrovolframio y ferro-sílico-volframio. Kg Ex. Ex.

- Las demás:

7202.91 -- Ferrotitanio y ferro-sílico-titanio.

7202.91.04 Ferrotitanio y ferro-sílico-titanio. Kg Ex. Ex.

7202.92 -- Ferrovanadio.

7202.92.02 Ferrovanadio. Kg Ex. Ex.

7202.93 -- Ferroniobio.

7202.93.01 Ferroniobio. Kg Ex. Ex.

7202.99 -- Las demás.

7202.99.99 Las demás. Kg Ex. Ex.

72.03 Productos férreos obtenidos por reducción directa de minerales de hierro y demás productos férreos esponjosos, en trozos, "pellets" o formas similares; hierro con una pureza superior o igual al 99.94% en peso, en trozos, "pellets" o formas similares.

7203.10 - Productos férreos obtenidos por reducción directa de minerales de hierro.

7203.10.01 Productos férreos obtenidos por reducción directa de minerales de hierro. Kg Ex. Ex.

7203.90 - Los demás.

7203.90.99 Los demás. Kg Ex. Ex.

72.04 Desperdicios y desechos (chatarra), de fundición, hierro o acero; lingotes de chatarra de hierro o acero.

7204.10 - Desperdicios y desechos, de fundición.

7204.10.01 Desperdicios y desechos, de fundición. Kg Ex. Ex.

- Desperdicios y desechos, de aceros aleados:

7204.21 -- De acero inoxidable.

7204.21.01 De acero inoxidable. Kg Ex. Ex.

7204.29 -- Los demás.

7204.29.99 Los demás. Kg Ex. Ex.

7204.30 - Desperdicios y desechos, de hierro o acero estañados.

7204.30.01 Desperdicios y desechos, de hierro o acero estañados. Kg Ex. Ex.

- Los demás desperdicios y desechos:

7204.41 -- Torneaduras, virutas, esquirlas, limaduras (de amolado, aserrado, limado) y recortes de estampado o de corte, incluso en paquetes.

7204.41.01 Torneaduras, virutas, esquirlas, limaduras (de amolado, aserrado, limado) y recortes de estampado o de corte, incluso en paquetes. Kg Ex. Ex.

7204.49 -- Los demás.

7204.49.99 Los demás. Kg Ex. Ex.

7204.50 - Lingotes de chatarra.

7204.50.01 Lingotes de chatarra. Kg Ex. Ex.

72.05 Granallas y polvo, de fundición en bruto, de fundición especular, de hierro o acero.

7205.10 - Granallas.

7205.10.01 Granallas. Kg Ex. Ex.

- Polvo:

7205.21 -- De aceros aleados.

7205.21.01 De aceros aleados. Kg Ex. Ex.

7205.29 -- Los demás.

7205.29.99 Los demás. Kg Ex. Ex.

SUBCAPÍTULO II

HIERRO Y ACERO SIN ALEAR

72.06 Hierro y acero sin alear, en lingotes o demás formas primarias, excepto el hierro de la partida 72.03.

7206.10 - Lingotes.

7206.10.01 Lingotes. Kg Ex. Ex.

7206.90 - Las demás.

7206.90.99 Las demás. Kg Ex. Ex.

72.07 Productos intermedios de hierro o acero sin alear.

- Con un contenido de carbono inferior al 0.25% en peso:

7207.11 -- De sección transversal cuadrada o rectangular, cuya anchura sea inferior al doble del espesor.

7207.11.01 De sección transversal cuadrada o rectangular, cuya anchura sea inferior al doble del espesor. Kg Ex. Ex.

7207.12 -- Los demás, de sección transversal rectangular.

7207.12.91 Los demás, de sección transversal rectangular. Kg Ex. Ex.

7207.19 -- Los demás.

7207.19.99 Los demás. Kg Ex. Ex.

7207.20 - Con un contenido de carbono superior o igual al 0.25% en peso.

7207.20.02 Con un contenido de carbono superior o igual al 0.25% en peso. Kg Ex. Ex.

72.08 Productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual a 600 mm, laminados en caliente, sin chapar ni revestir.

7208.10 - Enrollados, simplemente laminados en caliente, con motivos en relieve.

7208.10.03 Enrollados, simplemente laminados en caliente, con motivos en relieve. Kg Ex. Ex.

- Los demás, enrollados, simplemente laminados en caliente, decapados:

7208.25 -- De espesor superior o igual a 4.75 mm.

7208.25.02 De espesor superior o igual a 4.75 mm. Kg Ex. Ex.

7208.26 -- De espesor superior o igual a 3 mm pero inferior a 4.75 mm.

7208.26.01 De espesor superior o igual a 3 mm pero inferior a 4.75 mm. Kg Ex. Ex.

7208.27 -- De espesor inferior a 3 mm.

7208.27.01 De espesor inferior a 3 mm. Kg Ex. Ex.

- Los demás, enrollados, simplemente laminados en caliente:

7208.36 -- De espesor superior a 10 mm.

7208.36.01 De espesor superior a 10 mm. Kg Ex. Ex.

7208.37 -- De espesor superior o igual a 4.75 mm pero inferior o igual a 10 mm.

7208.37.01 De espesor superior o igual a 4.75 mm pero inferior o igual a 10 mm. Kg Ex. Ex.

7208.38 -- De espesor superior o igual a 3 mm pero inferior a 4.75 mm.

7208.38.01 De espesor superior o igual a 3 mm pero inferior a 4.75 mm. Kg Ex. Ex.

7208.39 -- De espesor inferior a 3 mm.

7208.39.01 De espesor inferior a 3 mm. Kg Ex. Ex.

7208.40 - Sin enrollar, simplemente laminados en

caliente, con motivos en relieve.

7208.40.02 Sin enrollar, simplemente laminados en caliente, con motivos en relieve. Kg Ex. Ex.

- Los demás, sin enrollar, simplemente laminados en caliente:

7208.51 -- De espesor superior a 10 mm.

7208.51.04 De espesor superior a 10 mm. Kg Ex. Ex.

7208.52 -- De espesor superior o igual a 4.75 mm pero inferior o igual a 10 mm.

7208.52.01 De espesor superior o igual a 4.75 mm pero inferior o igual a 10 mm. Kg Ex. Ex.

7208.53 -- De espesor superior o igual a 3 mm pero inferior a 4.75 mm.

7208.53.01 De espesor superior o igual a 3 mm pero inferior a 4.75 mm. Kg Ex. Ex.

7208.54 -- De espesor inferior a 3 mm.

7208.54.01 De espesor inferior a 3 mm. Kg Ex. Ex.

7208.90 - Los demás.

7208.90.99 Los demás. Kg Ex. Ex.

72.09 Productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual a 600 mm, laminados en frío, sin chapar ni revestir.

- Enrollados, simplemente laminados en frío:

7209.15 -- De espesor superior o igual a 3 mm.

7209.15.04 De espesor superior o igual a 3 mm. Kg Ex. Ex.

7209.16 -- De espesor superior a 1 mm pero inferior a 3 mm.

7209.16.01 De espesor superior a 1 mm pero inferior a 3 mm. Kg Ex. Ex.

7209.17 -- De espesor superior o igual a 0.5 mm pero inferior o igual a 1 mm.

7209.17.01 De espesor superior o igual a 0.5 mm pero inferior o igual a 1 mm. Kg Ex. Ex.

7209.18 -- De espesor inferior a 0.5 mm.

7209.18.01 De espesor inferior a 0.5 mm. Kg Ex. Ex.

- Sin enrollar, simplemente laminados en frío:

7209.25 -- De espesor superior o igual a 3 mm.

7209.25.01 De espesor superior o igual a 3 mm. Kg Ex. Ex.

7209.26 -- De espesor superior a 1 mm pero inferior a 3 mm.

7209.26.01 De espesor superior a 1 mm pero inferior a 3 mm. Kg Ex. Ex.

7209.27 -- De espesor superior o igual a 0.5 mm pero inferior o igual a 1 mm.

7209.27.01 De espesor superior o igual a 0.5 mm pero inferior o igual a 1 mm. Kg Ex. Ex.

7209.28 -- De espesor inferior a 0.5 mm.

7209.28.01 De espesor inferior a 0.5 mm. Kg Ex. Ex.

7209.90 - Los demás.

7209.90.99 Los demás. Kg Ex. Ex.

72.10 Productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual a 600 mm, chapados o revestidos.

- Estañados:

7210.11 -- De espesor superior o igual a 0.5 mm.

7210.11.01 De espesor superior o igual a 0.5 mm. Kg Ex. Ex.

7210.12 -- De espesor inferior a 0.5 mm.

7210.12.04 De espesor inferior a 0.5 mm. Kg Ex. Ex.

7210.20 - Emplomados, incluidos los revestidos con una aleación de plomo y estaño.

7210.20.01 Emplomados, incluidos los revestidos con una aleación de plomo y estaño. Kg Ex. Ex.

7210.30 - Cincados electrolíticamente.

7210.30.02 Cincados electrolíticamente. Kg Ex. Ex.

- Cincados de otro modo:

7210.41 -- Ondulados.

7210.41.01 Láminas cincadas por las dos caras. Kg 3 Ex.

7210.41.99 Los demás. Kg Ex. Ex.

7210.49 -- Los demás.

7210.49.99 Los demás. Kg Ex. Ex.

7210.50 - Revestidos de óxidos de cromo o de cromo y óxidos de cromo.

7210.50.03 Revestidos de óxidos de cromo o de cromo y óxidos de cromo. Kg Ex. Ex.

- Revestidos de aluminio:

7210.61 -- Revestidos de aleaciones de aluminio y cinc.

7210.61.01 Revestidos de aleaciones de aluminio y cinc. Kg Ex. Ex.

7210.69 -- Los demás.

7210.69.99 Los demás. Kg Ex. Ex.

7210.70 - Pintados, barnizados o revestidos de plástico.

7210.70.02 Pintados, barnizados o revestidos de plástico. Kg Ex. Ex.

7210.90 - Los demás.

7210.90.99 Los demás. Kg Ex. Ex.

72.11 Productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura inferior a 600 mm, sin chapar ni revestir.

- Simplemente laminados en caliente:

7211.13 -- Laminados en las cuatro caras o en acanaladuras cerradas, de anchura superior a 150 mm y espesor superior o

igual a 4 mm, sin enrollar y sin motivos en relieve.

7211.13.01 Laminados en las cuatro caras o en acanaladuras cerradas, de anchura superior a 150 mm y espesor superior o igual a 4 mm, sin enrollar y sin motivos en relieve. Kg Ex. Ex.

7211.14 -- Los demás, de espesor superior o igual a 4.75 mm.

7211.14.91 Los demás, de espesor superior o igual a 4.75 mm. Kg Ex. Ex.

7211.19 -- Los demás.

7211.19.99 Los demás. Kg Ex. Ex.

- Simplemente laminados en frío:

7211.23 -- Con un contenido de carbono inferior al 0.25% en peso.

7211.23.03 Con un contenido de carbono inferior al 0.25% en peso. Kg Ex. Ex.

7211.29 -- Los demás.

7211.29.99 Los demás. Kg Ex. Ex.

7211.90 - Los demás.

7211.90.99 Los demás. Kg Ex. Ex.

72.12 Productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura inferior a 600 mm, chapados o revestidos.

7212.10 - Estañados.

7212.10.03 Estañados. Kg Ex. Ex.

7212.20 - Cincados electrolíticamente.

7212.20.03 Cincados electrolíticamente. Kg Ex. Ex.

7212.30 - Cincados de otro modo.

7212.30.03 Cincados de otro modo. Kg Ex. Ex.

7212.40 - Pintados, barnizados o revestidos de plástico.

7212.40.04 Pintados, barnizados o revestidos de plástico. Kg Ex. Ex.

7212.50 - Revestidos de otro modo.

7212.50.01 Revestidos de otro modo. Kg Ex. Ex.

7212.60 - Chapados.

7212.60.04 Chapados. Kg Ex. Ex.

72.13 Alambrón de hierro o acero sin alear.

7213.10 - Con muescas, cordones, surcos o relieves, producidos en el laminado.

7213.10.01 Con muescas, cordones, surcos o relieves, producidos en el laminado. Kg Ex. Ex.

7213.20 - Los demás, de acero de fácil mecanización.

7213.20.91 Los demás, de acero de fácil mecanización. Kg Ex. Ex.

- Los demás:

7213.91 -- De sección circular con diámetro inferior a 14 mm.

7213.91.03 De sección circular con diámetro inferior a 14 mm. Kg Ex. Ex.

7213.99 -- Los demás.

7213.99.99 Los demás. Kg Ex. Ex.

72.14 Barras de hierro o acero sin alear, simplemente forjadas, laminadas o extrudidas, en caliente, así como las sometidas a torsión después del laminado.

7214.10 - Forjadas.

7214.10.01 Forjadas. Kg Ex. Ex.

7214.20 - Con muescas, cordones, surcos o relieves, producidos en el laminado o sometidas a torsión después del laminado.

7214.20.01 Varillas corrugadas o barras para armadura, para cemento u hormigón. Kg Ex. Ex.

7214.20.99 Los demás. Kg Ex. Ex.

7214.30 - Las demás, de acero de fácil mecanización.

7214.30.91 Las demás, de acero de fácil mecanización. Kg Ex. Ex.

- Las demás:

7214.91 -- De sección transversal rectangular.

7214.91.03 De sección transversal rectangular. Kg Ex. Ex.

7214.99 -- Las demás.

7214.99.99 Las demás. Kg Ex. Ex.

72.15 Las demás barras de hierro o acero sin alear.

7215.10 - De acero de fácil mecanización, simplemente obtenidas o acabadas en frío.

7215.10.01 De acero de fácil mecanización, simplemente obtenidas o acabadas en frío. Kg Ex. Ex.

7215.50 - Las demás, simplemente obtenidas o acabadas en frío.

7215.50.91 Las demás, simplemente obtenidas o acabadas en frío. Kg Ex. Ex.

7215.90 - Las demás.

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