Nuestra firma legal abogadoencomercioexterior cuenta con la experiencia de más de diez años
en el e litigio en contra de las determinaciones de Aduanas
México, defendiendo a particulares y empresas que se vieron afectadas por
las resoluciones derivadas de procedimientos en materia aduanera (PAMA),
derivado de ello, conocemos que resulta trascendente mantener una adecuada
información, asi como un contacto entre nuestra firma y nuestros representados,
para poder obtener una resolución favorable.
Entre nuestros principales servicios como abogados en
comercio exterior se encuentra la impugnación de multas impuestas por
Aduanas México, así como la impugnación de determinación de contribuciones
omitidas.
En muchas ocasiones no se trata de que las empresas o
particulares realicen una omisión en el pago de las contribuciones de
comercio exterior, sino que tal vez, exista una
indebida clasificación arancelaria, que posiciona a la operación en un marco
legal completamente diferente.
Recuerde que las determinaciones y multas impuestas en materia de comercio exterior pueden ser impugnadas dentro de los 30 días posteriores a su notificación.
Si deseas mas información no dudes en contactarnos en abogado en comercio exterior
Al impugnar una multa en comercio exterior, es esencial presentar argumentos jurídicos y fácticos sólidos. Estos argumentos deben enfocarse en desacreditar la legalidad, proporcionalidad o procedencia de la multa impuesta por la autoridad aduanera o fiscal (por ejemplo, SAT, Secretaría de Economía, etc.).
“Sí cumplí con la obligación sustantiva, aunque haya un error formal.”
Úsalo cuando:
Declaraste correctamente el valor, impuestos y descripción de mercancía.
Omitiste algún dato de forma o anexo no esencial.
Ejemplo:
"Si bien la factura comercial no se adjuntó al pedimento al momento del despacho, esta fue entregada a la autoridad en una revisión posterior y coincide con lo declarado."
“La resolución no explica adecuadamente los hechos, fundamentos ni razonamientos.”
Úsalo si:
La multa fue genérica, sin explicar en qué se basó.
No se detalló el por qué del monto o la norma aplicada.
Fundamento:
Art. 16 Constitucional (acto debe estar fundado y motivado).
Art. 38 del CFF (requisitos de legalidad de los actos administrativos).
“La multa es desproporcionada respecto del daño o infracción.”
Úsalo si:
El error fue menor y no causó perjuicio al fisco.
La multa excede claramente el valor de la operación.
Fundamento:
Art. 31, fracc. IV de la Constitución (contribuciones justas y proporcionales).
Art. 70 del CFF (multas proporcionales a la infracción).
“El error fue una diferencia razonable de criterio, no una omisión dolosa.”
Úsalo en:
Clasificación arancelaria.
Aplicación de NOMs o permisos.
Valoración aduanera.
Soporte:
Dictamen técnico.
Consultas previas, catálogos o guías oficiales.
“La operación fue legal y está debidamente soportada.”
Incluye:
Facturas.
Contratos de compraventa.
Comprobantes de pago (transferencias).
Documentos de transporte y logística.
Certificados de origen, NOMs, permisos, etc.
“El error no ocasionó omisión de contribuciones ni daño económico.”
Muy útil en:
Casos donde sí se pagaron impuestos correctamente.
Errores de fracción arancelaria sin incidencia en impuestos.
“El error fue corregido espontáneamente antes de que interviniera la autoridad.”
Aplica cuando:
Enmendaste el error vía pedimento complementario.
Presentaste documentación adicional antes de una revisión.
Fundamento:
Art. 73 y 74 del CFF (corrección voluntaria puede evitar multa o reducirla).
“La autoridad no me permitió presentar pruebas o defenderme antes de sancionar.”
Aplica en:
Procedimientos de embargo, cancelación de padrón, sanciones automáticas.
Fundamento:
Art. 14 Constitucional.
Art. 68 del CFF (derecho a defensa durante auditorías).
“La autoridad cambió su criterio sin previo aviso y me sanciona con base en el nuevo enfoque.”
Puedes alegar:
Confianza legítima.
Seguridad jurídica.
“Mi actuación se basó en precedentes, criterios o interpretaciones válidas.”
Incluye:
Jurisprudencia del TFJA o SCJN.
Criterios internos del SAT o PRODECON.
Consultas previas o dictámenes arancelarios.
Inclúyelos en tu escrito de recurso de revocación o demanda en juicio contencioso.
Siempre acompaña cada argumento con pruebas documentales.
No alegues todos si no aplican; elige los más sólidos para tu caso.