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Clasificación arancelaria Plástico y sus manufacturas Plástico y sus manufacturas

Descripcion

 La Clasificación Arancelaria que se describe en este apartado es conforme a la Ley de los Impuestos Generales de Importación y Exportación,  con el propósito de brindar información sobre operaciones de comercio exterior ante las Aduanas del País.

En el supuesto de que llegue a tener algún inconveniente en importaciones, puede considerar que todas las resoluciones de Aduanas son susceptibles de ser impugnadas ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa mediante Juicio de Nulidad,  por lo que en caso de que llegue a requerir asesoría no dude en contactar a nuestra firma legal  

Capítulo 39

Plástico y sus manufacturas

Notas.

1. En la Nomenclatura, se entiende por plástico las materias de las partidas 39.01 a 39.14 que, sometidas a una influencia exterior (generalmente el calor y la presión y, en su caso, la acción de un disolvente o de un plastificante), son o han sido susceptibles de adquirir una forma por moldeo, colada, extrusión, laminado o cualquier otro procedimiento, en el momento de la polimerización o en una etapa posterior, forma que conservan cuando esta influencia ha dejado de ejercerse.

En la Nomenclatura, el término plástico comprende también la fibra vulcanizada. Sin embargo, dicho término no se aplica a las materias textiles de la Sección XI.

2. Este Capítulo no comprende:

a) las preparaciones lubricantes de las partidas 27.10 o 34.03;

b) las ceras de las partidas 27.12 o 34.04;

c) los compuestos orgánicos aislados de constitución química definida (Capítulo 29);

d) la heparina y sus sales (partida 30.01);

e) las disoluciones (excepto los colodiones) en disolventes orgánicos volátiles de los productos citados en los textos de las partidas 39.01 a 39.13, cuando la proporción del disolvente sea superior al 50% del peso de la disolución (partida 32.08); las hojas para el marcado a fuego de la partida 32.12;

f) los agentes de superficie orgánicos y las preparaciones de la partida 34.02;

g) las gomas fundidas y las gomas éster (partida 38.06);

h) los aditivos preparados para aceites minerales (incluida la gasolina) o para otros líquidos utilizados con los mismos fines que los aceites minerales (partida 38.11);

ij) los líquidos hidráulicos preparados a base de poliglicoles, de siliconas o de los demás polímeros del Capítulo 39 (partida 38.19);

k) los reactivos de diagnóstico o de laboratorio sobre soporte de plástico (partida 38.22);

l) el caucho sintético, tal como se define en el Capítulo 40, y las manufacturas de caucho sintético;

m) los artículos de talabartería o de guarnicionería (partida 42.01), los baúles, maletas (valijas), maletines, bolsos de mano (carteras) y demás continentes de la partida 42.02;

n) las manufacturas de espartería o cestería, del Capítulo 46;

o) los revestimientos de paredes de la partida 48.14;

p) los productos de la Sección XI (materias textiles y sus manufacturas);

q) los artículos de la Sección XII (por ejemplo: calzado y partes de calzado, sombreros, demás tocados, y sus partes, paraguas, sombrillas, bastones, látigos, fustas, y sus partes);

r) los artículos de bisutería de la partida 71.17;

s) los artículos de la Sección XVI (máquinas y aparatos, material eléctrico);

t) las partes del material de transporte de la Sección XVII;

u) los artículos del Capítulo 90 (por ejemplo: elementos de óptica, monturas (armazones) de gafas (anteojos), instrumentos de dibujo);

v) los artículos del Capítulo 91 (por ejemplo: cajas y envolturas similares de relojes o demás aparatos de relojería);

w) los artículos del Capítulo 92 (por ejemplo: instrumentos musicales y sus partes);

x) los artículos del Capítulo 94 (por ejemplo: muebles, luminarias y aparatos de alumbrado, carteles luminosos, construcciones prefabricadas);

y) los artículos del Capítulo 95 (por ejemplo: juguetes, juegos, artefactos deportivos);

z) los artículos del Capítulo 96 (por ejemplo: brochas, cepillos, botones, cierres de cremallera (cierres relámpago), peines, boquillas (embocaduras) y cañones (tubos) para pipas, boquillas para cigarrillos o similares, partes de termos, estilográficas, portaminas y monopies, bípodes, trípodes y artículos similares).

3. En las partidas 39.01 a 39.11 solo se clasifican los productos de las siguientes categorías obtenidos por síntesis química:

a) las poliolefinas sintéticas líquidas que destilen una proporción inferior al 60% en volumen a 300°C referidos a 1,013 milibares cuando se utilice un método de destilación a baja presión (partidas 39.01 y 39.02);

b) las resinas ligeramente polimerizadas del tipo de las resinas de cumarona-indeno (partida 39.11);

c) los demás polímeros sintéticos que tengan por lo menos 5 unidades monoméricas, en promedio;

d) las siliconas (partida 39.10);

e) los resoles (partida 39.09) y demás prepolímeros.

4. Se consideran copolímeros todos los polímeros en los que ninguna unidad monomérica represente una proporción superior o igual al 95% en peso del contenido total del polímero.

Salvo disposición en contrario, en este Capítulo, los copolímeros (incluidos los copolicondensados, los productos de copoliadición, los copolímeros en bloque y los copolímeros de injerto) y las mezclas de polímeros se clasifican en la partida que comprenda los polímeros de la unidad comonomérica que predomine en peso sobre cada una de las demás unidades comonoméricas simples. A los fines de esta Nota, las unidades comonoméricas constitutivas de polímeros que pertenezcan a una misma partida se consideran conjuntamente.

Si no predominara ninguna unidad comonomérica simple, los copolímeros o mezclas de polímeros, según los casos, se clasifican en la última partida por orden de numeración entre las susceptibles de tenerse razonablemente en cuenta.

5. Los polímeros modificados químicamente, en los que solo los apéndices de la cadena polimérica principal se han modificado por reacción química, se clasifican en la partida del polímero sin modificar. Esta disposición no se aplica a los copolímeros de injerto.

6. En las partidas 39.01 a 39.14, la expresión formas primarias se aplica únicamente a las formas siguientes:

a) líquidos y pastas, incluidas las dispersiones (emulsiones y suspensiones) y las disoluciones;

b) bloques irregulares, trozos, grumos, polvo (incluido el polvo para moldear), gránulos, copos y masas no coherentes similares.

7. La partida 39.15 no comprende los desechos, desperdicios ni recortes de una sola materia termoplástica transformados en formas primarias (partidas 39.01 a 39.14).

8. En la partida 39.17, el término tubos designa los productos huecos, sean productos semimanufacturados o terminados (por ejemplo: tubos de riego con nervaduras, tubos

perforados), de los tipos utilizados generalmente para conducir, encaminar o distribuir gases o líquidos. Este término se aplica también a las envolturas tubulares para embutidos y demás tubos planos. Sin embargo, excepto los últimos citados, no se consideran tubos sino perfiles, los que tengan la sección transversal interior de forma distinta de la redonda, oval, rectangular (si la longitud no fuese superior a 1.5 veces la anchura) o poligonal regular.

9. En la partida 39.18, la expresión revestimientos de plástico para paredes o techos designa los productos presentados en rollos de 45 cm de anchura mínima, susceptibles de utilizarse para la decoración de paredes o techos, constituidos por plástico (en la cara vista) graneado, gofrado, coloreado con motivos impresos o decorado de otro modo y fijado permanentemente a un soporte de cualquier materia distinta del papel.

10. En las partidas 39.20 y 39.21, los términos placas, láminas, hojas y tiras se aplican exclusivamente a las placas, láminas, hojas y tiras (excepto las del Capítulo 54) y a los bloques de forma geométrica regular, incluso impresos o trabajados de otro modo en la superficie, sin cortar o simplemente cortados en forma cuadrada o rectangular pero sin trabajar de otro modo (incluso si esta operación les confiere el carácter de artículos dispuestos para su uso).

11. La partida 39.25 se aplica exclusivamente a los artículos siguientes, siempre que no estén comprendidos en las partidas precedentes del Subcapítulo II:

a) depósitos, cisternas (incluidas las cámaras o fosas sépticas), cubas y recipientes análogos, de capacidad superior a 300 l;

b) elementos estructurales utilizados, por ejemplo, para la construcción de suelos, paredes, tabiques, techos o tejados;

c) canalones y sus accesorios;

d) puertas, ventanas, y sus marcos, contramarcos y umbrales;

e) barandillas, pasamanos y barreras similares;

f) contraventanas, persianas (incluidas las venecianas) y artículos similares, y sus partes y accesorios;

g) estanterías de grandes dimensiones para montar y fijar permanentemente, por ejemplo: en tiendas, talleres, almacenes;

h) motivos arquitectónicos de decoración, por ejemplo: los acanalados, cúpulas, remates;

ij) accesorios y guarniciones para fijar permanentemente a las puertas, ventanas, escaleras, paredes y demás partes de un edificio, por ejemplo: tiradores, perillas o manijas, ganchos, soportes, toalleros, placas de interruptores y demás placas de protección.

Notas de subpartida.

1. Dentro de una partida de este Capítulo, los polímeros (incluidos los copolímeros) y los polímeros modificados químicamente, se clasifican conforme las disposiciones siguientes:

a) cuando en la serie de subpartidas a considerar exista una subpartida “Los/Las demás”:

1°) el prefijo poli que precede a la denominación de un polímero especificado en el texto de una subpartida (por ejemplo: polietileno o poliamida-6,6), significa que la o las unidades monoméricas constitutivas del polímero especificado, consideradas conjuntamente, deben contribuir con una proporción superior o igual al 95% en peso del contenido total del polímero;

2°) los copolímeros citados en las subpartidas 3901.30, 3901.40, 3903.20, 3903.30 y 3904.30 se clasifican en estas subpartidas siempre que las unidades comonoméricas de los copolímeros mencionados contribuyan con una proporción superior o igual al 95% en peso del contenido total del polímero;

3°) los polímeros modificados químicamente se clasifican en la subpartida denominada “Los/Las demás”, siempre que estos polímeros modificados químicamente no estén comprendidos más específicamente en otra subpartida;

4°) los polímeros a los que no les sean aplicables las disposiciones de los apartados 1°), 2°) o 3°) anteriores, se clasifican en la subpartida que, entre las restantes de la serie, comprenda los polímeros de la unidad monomérica que predomine en peso sobre cualquier otra unidad comonomérica simple. A este efecto, las unidades monoméricas constitutivas de polímeros comprendidos en la misma subpartida se consideran conjuntamente. Solo deberán compararse las unidades comonoméricas constitutivas de los polímeros de la serie de subpartidas consideradas;

b) cuando en la misma serie no exista una subpartida “Los/Las demás”:

1°) los polímeros se clasifican en la subpartida que comprenda los polímeros de la unidad monomérica que predomine en peso sobre cualquier otra unidad comonomérica simple. A este efecto, las unidades monoméricas constitutivas de polímeros comprendidos en la misma subpartida se consideran conjuntamente. Solo deberán compararse las unidades comonoméricas constitutivas de los polímeros de la serie de subpartidas consideradas;

2°) los polímeros modificados químicamente se clasifican en la subpartida que corresponda al polímero sin modificar.

Las mezclas de polímeros se clasifican en la misma subpartida que los polímeros obtenidos con las mismas unidades monoméricas en las mismas proporciones.

2. En la subpartida 3920.43, el término plastificantes comprende también los plastificantes secundarios.

CÓDIGO DESCRIPCIÓN UNIDAD CUOTA (ARANCEL) IMPUESTO DE IMP. IMPUESTO DE EXP.

SUBCAPÍTULO I

FORMAS PRIMARIAS

39.01 Polímeros de etileno en formas primarias.

3901.10 - Polietileno de densidad inferior a 0.94.

3901.10.03 Polietileno de densidad inferior a 0.94. Kg 5 Ex.

3901.20 - Polietileno de densidad superior o igual a

0.94.

3901.20.01 Polietileno de densidad superior o igual a 0.94. Kg 5 Ex.

3901.30 - Copolímeros de etileno y acetato de vinilo.

3901.30.01 Copolímeros de etileno y acetato de vinilo. Kg 5 Ex.

3901.40 - Copolímeros de etileno y alfa-olefina de densidad inferior a 0.94.

3901.40.01 Copolímeros de etileno y alfa-olefina de densidad inferior a 0.94. Kg 5 Ex.

3901.90 - Los demás.

3901.90.01 Copolímero de etileno-anhídrido maléico. Kg Ex. Ex.

3901.90.99 Los demás. Kg 5 Ex.

39.02 Polímeros de propileno o de otras olefinas, en formas primarias.

3902.10 - Polipropileno.

3902.10.01 Sin adición de negro de humo. Kg 6 Ex.

3902.10.99 Los demás. Kg 5 Ex.

3902.20 - Poliisobutileno.

3902.20.02 Poliisobutileno. Kg Ex. Ex.

3902.30 - Copolímeros de propileno.

3902.30.01 Copolímeros de propileno, sin adición de negro de humo. Kg 6 Ex.

3902.30.99 Los demás. Kg Ex. Ex.

3902.90 - Los demás.

3902.90.01 Terpolímero de metacrilato de metilo-butadieno-estireno. Kg Ex. Ex.

3902.90.99 Los demás. Kg 5 Ex.

39.03 Polímeros de estireno en formas primarias.

- Poliestireno:

3903.11 -- Expandible.

3903.11.01 Expandible. Kg 9 Ex.

3903.19 -- Los demás.

3903.19.99 Los demás. Kg 6 Ex.

3903.20 - Copolímeros de estireno-acrilonitrilo (SAN).

3903.20.01 Copolímeros de estireno-acrilonitrilo (SAN). Kg 6 Ex.

3903.30 - Copolímeros de acrilonitrilo-butadieno-estireno (ABS).

3903.30.01 Copolímeros de acrilonitrilo-butadieno-estireno (ABS). Kg 5 Ex.

3903.90 - Los demás.

3903.90.01 Copolímeros de estireno-vinilo. Kg 6 Ex.

3903.90.02 Copolímeros de estireno-maléico. Kg 6 Ex.

3903.90.03 Copolímero clorometilado de estireno-divinil- benceno. Kg 7 Ex.

3903.90.05 Copolímeros del estireno, excepto los elastoméricos termoplásticos y lo comprendido en las fracciones arancelarias Kg 6 Ex.

3903.90.01 a la 3903.90.03.

3903.90.99 Los demás. Kg 5 Ex.

39.04 Polímeros de cloruro de vinilo o de otras olefinas halogenadas, en formas primarias.

3904.10 - Poli(cloruro de vinilo) sin mezclar con otras sustancias.

3904.10.01 Poli(cloruro de vinilo) (P.V.C.) obtenido por el proceso de polimerización en emulsión que, en dispersión (50% resina y 50% dioctilftalato), tenga una finura de 7 Hegman mínimo. Kg 7 Ex.

3904.10.02 Poli(cloruro de vinilo) (P.V.C.) obtenido por el proceso de polimerización en emulsión, cuyo tamaño de partícula sea de 30 micras, que al sinterizarse en una hoja de 0.65 mm de espesor se humecte uniformemente en un segundo (en electrolito de 1.280 de gravedad específica) y con un tamaño de poro de 14 a 18 micras con una porosidad Gurley mayor de 35 segundos (con un Gurley No. 4110). Kg 5 Ex.

3904.10.03 Poli(cloruro de vinilo) (P.V.C.) obtenido por los procesos de polimerización en masa o suspensión. Kg 3 Ex.

3904.10.04 Poli(cloruro de vinilo) (P.V.C.) obtenido por el proceso de polimerización en emulsión o dispersión, excepto lo comprendido en las fracciones arancelarias 3904.10.01 y 3904.10.02. Kg 7 Ex.

3904.10.99 Los demás. Kg 5 Ex.

- Los demás poli(cloruro de vinilo):

3904.21 -- Sin plastificar.

3904.21.01 Dispersiones acuosas de poli(cloruro de vinilo) (P.V.C.), de viscosidades menores de 200 centipoises. Kg 5 Ex.

3904.21.99 Los demás. Kg 7 Ex.

3904.22 -- Plastificados.

3904.22.01 Plastificados. Kg 5 Ex.

3904.30 - Copolímeros de cloruro de vinilo y acetato de vinilo.

3904.30.01 Copolímero de cloruro de vinilo-acetato de vinilo, sin cargas ni modificantes, cuyo tiempo de disolución total a 25°C en una solución de una parte de copolímero, y 4 partes de metil-etilcetona, sea menor de 30 minutos. Kg Ex. Ex.

3904.30.99 Los demás. Kg 10 Ex.

3904.40 - Los demás copolímeros de cloruro de vinilo.

3904.40.01 Copolímeros de cloruro de vinilo-vinil Kg Ex. Ex.

isobutil éter.

3904.40.99 Los demás. Kg 7 Ex.

3904.50 - Polímeros de cloruro de vinilideno.

3904.50.01 Polímeros de cloruro de vinilideno. Kg 7 Ex.

- Polímeros fluorados:

3904.61 -- Politetrafluoroetileno.

3904.61.01 Politetrafluoroetileno. Kg Ex. Ex.

3904.69 -- Los demás.

3904.69.99 Los demás. Kg Ex. Ex.

3904.90 - Los demás.

3904.90.99 Los demás. Kg Ex. Ex.

39.05 Polímeros de acetato de vinilo o de otros ésteres vinílicos, en formas primarias; los demás polímeros vinílicos en formas primarias.

- Poli(acetato de vinilo):

3905.12 -- En dispersión acuosa.

3905.12.01 En dispersión acuosa. Kg 6 Ex.

3905.19 -- Los demás.

3905.19.01 Emulsiones y soluciones a base de poli(acetato de vinilo), excepto lo comprendido en las fracciones arancelarias 3905.19.02 y 3905.19.03. Kg 10 Ex.

3905.19.02 Poli(acetato de vinilo) resina termoplástica grado alimenticio, con peso molecular de 30,000 máximo y punto de ablandamiento de 90°C máximo. Kg 5 Ex.

3905.19.03 Poli(acetato de vinilo), resina termoplástica, con peso molecular mayor de 30,000 y punto de ablandamiento mayor a 90°C. Kg Ex. Ex.

3905.19.99 Los demás. Kg 5 Ex.

- Copolímeros de acetato de vinilo:

3905.21 -- En dispersión acuosa.

3905.21.01 En dispersión acuosa. Kg 10 Ex.

3905.29 -- Los demás.

3905.29.01 Emulsiones y soluciones a base de copolímeros de acetato de vinilo, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 3905.29.02. Kg 10 Ex.

3905.29.02 Copolímero de acetato de vinilo-vinil pirrolidona. Kg Ex. Ex.

3905.29.99 Los demás. Kg 7 Ex.

3905.30 - Poli(alcohol vinílico), incluso con grupos acetato sin hidrolizar.

3905.30.01 Poli(alcohol vinílico), incluso con grupos acetato sin hidrolizar. Kg Ex. Ex.

- Los demás:

3905.91 -- Copolímeros.

3905.91.01 Copolímeros. Kg Ex. Ex.

3905.99 -- Los demás.

3905.99.99 Los demás. Kg Ex. Ex.

39.06 Polímeros acrílicos en formas primarias.

3906.10 - Poli(metacrilato de metilo).

3906.10.02 Poli(metacrilato de metilo). Kg Ex. Ex.

3906.90 - Los demás.

3906.90.01 Poli(acrilato de sodio) al 12% en solución acuosa. Kg 10 Ex.

3906.90.02 Resinas acrílicas hidroxiladas, sus copolímeros y terpolímeros. Kg 6 Ex.

3906.90.03 Poliacrilatos, excepto lo comprendido en las fracciones arancelarias 3906.90.01, 3906.90.05, 3906.90.06, 3906.90.08, 3906.90.09. Kg 6 Ex.

3906.90.04 Poli(acrilonitrilo), sin pigmentar. Kg 10 Ex.

3906.90.05 Poli(acrilato de n-butilo). Kg 7 Ex.

3906.90.06 Terpolímero de (etileno-ácido acrilico-éster del ácido acrílico). Kg 7 Ex.

3906.90.07 Copolímero de (acrilamida-cloruro de metacriloil oxietil trimetil amonio). Kg 7 Ex.

3906.90.08 Poli(acrilato de sodio) en polvo, con granulometría de 90 a 850 micras y absorción mínima de 200 ml por g. Kg Ex. Ex.

3906.90.09 Copolímero de metacrilato de metilo-acrilato de etilo, en polvo. Kg 6 Ex.

3906.90.10 Poli(metacrilato de sodio). Kg 7 Ex.

3906.90.99 Los demás. Kg 5 Ex.

39.07 Poliacetales, los demás poliéteres y resinas epoxi, en formas primarias; policarbonatos, resinas alcídicas, poliésteres alílicos y demás poliésteres, en formas primarias.

3907.10 - Poliacetales.

3907.10.05 Poliacetales. Kg Ex. Ex.

- Los demás poliéteres:

3907.21 -- Metilfosfonato de bis(polioxietileno).

3907.21.01 Metilfosfonato de bis(polioxietileno). Kg 5 Ex.

3907.29 -- Los demás.

3907.29.01 Resinas de poli(2,2-bis(3,4-dicarboxifenoxi)) fenil propanol-2-fenilen bis imida. Kg Ex. Ex.

3907.29.02 Poli(óxido de 2,6-dimetilfenileno) en polvo, sin cargas, refuerzos, pigmentos, estabilizadores y desmoldantes (Poli(óxido de fenileno)). Kg Ex. Ex.

3907.29.03 Resinas poliéter modificadas, con función oxazolina o uretano-amina o uretano- poliolefinas, solubles en agua después de neutralizar con ácidos orgánicos débiles. Kg Ex. Ex.

3907.29.04 Poli(tetrametilen éter glicol). Kg Ex. Ex.

3907.29.05 Poli(etilenglicol). Kg 6 Ex.

3907.29.06 Poli(propilenglicol). Kg 6 Ex.

3907.29.07 Poli(oxipropilenetilenglicol)-alcohol, de peso molecular hasta 8,000. Kg 6 Ex.

3907.29.99 Los demás. Kg 5 Ex.

3907.30 - Resinas epoxi.

3907.30.02 Resinas epóxidas tipo etoxilinas cicloalifaticas o novolacas. Kg 5 Ex.

3907.30.99 Los demás. Kg 6 Ex.

3907.40 - Policarbonatos.

3907.40.04 Policarbonatos. Kg Ex. Ex.

3907.50 - Resinas alcídicas.

3907.50.02 Resinas alcídicas, modificadas con uretanos. Kg 7 Ex.

3907.50.99 Los demás. Kg 6 Ex.

- Poli(tereftalato de etileno):

3907.61 -- Con un índice de viscosidad superior o igual a 78 ml/g.

3907.61.01 Con un índice de viscosidad superior o igual a 78 ml/g. Kg 9 Ex.

3907.69 -- Los demás.

3907.69.01 Resinas de poli(tereftalato de etileno) solubles en cloruro de metileno. Kg 7 Ex.

3907.69.99 Los demás. Kg 9 Ex.

3907.70 - Poli(ácido láctico).

3907.70.01 Poli(ácido láctico). Kg Ex. Ex.

- Los demás poliésteres:

3907.91 -- No saturados.

3907.91.01 Elastómero termoplástico a base de copolímeros de poli(ester-éter) en aleación con polibutilentereftalato, con o sin cargas, refuerzos, pigmentos, aditivos y modificadores en gránulos. Kg Ex. Ex.

3907.91.99 Los demás. Kg 6 Ex.

3907.99 -- Los demás.

3907.99.01 Poliésteres del ácido adípico, modificados. Kg 5 Ex.

3907.99.02 Resina poliéster derivada del ácido adípico y glicoles. Kg 5 Ex.

3907.99.03 Resina termoplástica derivada de la policondensación del 1,4-butanodiol y dimetil tereftalato (polibutilen tereftalato) con cargas, refuerzos, pigmentos y aditivos, en gránulos. Kg Ex. Ex.

3907.99.04 Resina termoplástica derivada de la policondensación del 1,4-butanodiol y dimetil tereftalato (polibutilen tereftalato) sin cargas, refuerzos, pigmentos y aditivos. Kg Ex. Ex.

3907.99.05 Polibutilen tereftalato, excepto lo comprendido en las fracciones arancelarias 3907.99.03 y 3907.99.04. Kg 5 Ex.

3907.99.06 Resinas de poliéster con función oxirano. Kg Ex. Ex

3907.99.07 Polímero de éster de ácido carbónico con glicoles. Kg Ex. Ex.

3907.99.08 Resina para electrodepositación catódica poliéster-epoxiaminada, con un contenido de sólidos superior o igual al 60% pero inferior o igual al 80%. Kg Ex. Ex.

3907.99.09 Resina poliéster a base de ácido p-hidroxibenzoico, ácido tereftálico y p-dihidroxibifenilo, con aditivos, reforzantes y catalizadores. Kg Ex. Ex.

3907.99.10 Poliésteres del ácido tereftálico-ácido isoftálico-butanodiol-polietilenglicol, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 3907.99.07. Kg Ex. Ex.

3907.99.11 Resina del ácido carbanílico. Kg Ex. Ex.

3907.99.99 Los demás. Kg 6 Ex.

39.08 Poliamidas en formas primarias.

3908.10 - Poliamidas -6, -11, -12, -6,6, -6,9, -6, 10 o -6,12.

3908.10.01 Polímeros de la hexametilendiamina y ácido dodecandioico. Kg 5 Ex.

3908.10.03 Superpoliamida del ácido 11-aminoundecanoico. Kg Ex. Ex.

3908.10.04 Polímeros de la caprolactama sin pigmentar, ni contener materias colorantes. Kg 10 Ex.

3908.10.05 Poliamidas o superpoliamidas, excepto lo comprendido en las fracciones arancelarias 3908.10.01 a la 3908.10.04, 3908.10.06, 3908.10.07 y 3908.10.08. Kg 6 Ex.

3908.10.06 Poliamida 12. Kg 3 Ex.

3908.10.07 Poliamida del adipato de hexametilendiamina con cargas, pigmentos o modificantes. Kg 7 Ex.

3908.10.08 Poliamida del adipato de hexametilendiamina sin cargas, pigmentos o modificantes. Kg Ex. Ex.

3908.90 - Las demás.

3908.90.01 Poli(epsilón-caprolactama), en forma líquida o pastosa, incluidas las emulsiones, dispersiones y soluciones. Kg Ex. Ex.

3908.90.02 Terpoliamidas cuyo contenido de la lactama del ácido dodecandióico o de la dodelactama y ácido undecanoico sea superior o igual al 20% pero inferior o igual al 60%, adipato de hexametilendiamina superior o igual al 10% pero inferior o igual al 50% y de caprolactama superior o igual al 10% pero inferior o igual al 45%, en peso. Kg Ex. Ex.

3908.90.03 Resina de poliamida obtenida a partir del meta-xileno de amida (MXD6). Kg 5 Ex.

3908.90.99 Las demás. Kg 6 Ex.

39.09 Resinas amínicas, resinas fenólicas y poliuretanos, en formas primarias.

3909.10 - Resinas ureicas; resinas de tiourea.

3909.10.01 Resinas ureicas; resinas de tiourea. Kg 10 Ex.

3909.20 - Resinas melamínicas.

3909.20.02 Melamina formaldehído, en forma líquida o pastosa incluidas las emulsiones, aun cuando estén pigmentadas, excepto con negro de humo. Kg Ex. Ex.

3909.20.99 Las demás. Kg 5 Ex.

- Las demás resinas amínicas:

3909.31 -- Poli(metilenfenilisocianato) (MDI en bruto, MDI polimérico).

3909.31.01 Poli(metilenfenilisocianato) (MDI en bruto, MDI polimérico). Kg 3 Ex.

3909.39 -- Las demás.

3909.39.01 Aminoplastos en solución incolora. Kg Ex. Ex.

3909.39.99 Las demás. Kg 3 Ex.

3909.40 - Resinas fenólicas.

3909.40.01 Resinas de fenol-formaldehído, modificadas con vinil formal, con disolventes y anticomburentes. Kg 10 Ex.

3909.40.03 Resinas de fenol-formaldehído éterificadas sin modificar. Kg 5 Ex.

3909.40.99 Los demás. Kg 6 Ex.

3909.50 - Poliuretanos.

3909.50.04 Prepolímeros y polímeros de difenilmetan diisocianato y polimetilen polifenil isocianato con un contenido de isocianato libre superior o igual al 17%, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 3909.50.05. Kg 7 Ex.

3909.50.05 Prepolímero obtenido a partir de difenilmetan 4,4´-diisocianato y polipropilenglicol. Kg 7 Ex.

3909.50.99 Los demás. Kg 6 Ex.

39.10 Siliconas en formas primarias.

3910.00 Siliconas en formas primarias.

3910.00.01 Resinas de silicona ("potting compound") para empleo electrónico. Kg 5 Ex.

3910.00.02 Resinas de poli(metil-fenil-siloxano), aun cuando estén pigmentadas. Kg Ex. Ex.

3910.00.03 Alfa-Omega-Dihidroxi-dimetil polisiloxano, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 3910.00.05. Kg Ex. Ex.

3910.00.04 Elastómero de silicona reticulable en caliente ("Caucho de silicona"). Kg Ex. Ex.

3910.00.05 Alfa-Omega-Dihidroxi-dimetil siloxano con Kg Ex. Ex.

una viscosidad superior o igual a 50 cps, pero inferior a 100 cps, y tamaño de cadena de 50 a 120 monómeros, libre de cíclicos.

3910.00.99 Los demás. Kg 6 Ex.

39.11 Resinas de petróleo, resinas de cumarona-indeno, politerpenos, polisulfuros, polisulfonas y demás productos previstos en la Nota 3 de este Capítulo, no expresados ni comprendidos en otra parte, en formas primarias.

3911.10 - Resinas de petróleo, resinas de cumarona, resinas de indeno, resinas de cumarona-indeno y politerpenos.

3911.10.01 Resinas de petróleo, resinas de cumarona, resinas de indeno, resinas de cumarona-indeno y politerpenos. Kg Ex. Ex.

3911.20 - Poli(1,3-fenilen metilfosfonato).

3911.20.01 Poli(1,3-fenilen metilfosfonato). Kg 6 Ex.

3911.90 - Los demás.

3911.90.01 Resinas de policondensación de cetonas y aldehídos, modificadas. Kg Ex. Ex.

3911.90.02 Resinas maléicas a base de butadieno o polibutadieno modificadas con ácido resolcarboxílico para terbutil fenol, solubles al agua sin pigmentar en una proporción superior o igual al 65% pero inferior o igual al 70%. Kg Ex. Ex.

3911.90.03 Resinas de anacardo modificadas. Kg Ex. Ex.

3911.90.04 Resinas provenientes de la condensación del alcohol furfurílico con el formaldehído incluso con modificantes. Kg 5 Ex.

3911.90.05 Resinas de poliamida-epiclorhidrina. Kg Ex. Ex.

3911.90.06 Polihidantoinas. Kg Ex. Ex.

3911.90.07 Homopolímero de alfa metilestireno. Kg 7 Ex.

3911.90.99 Los demás. Kg 6 Ex.

39.12 Celulosa y sus derivados químicos, no expresados ni comprendidos en otra parte, en formas primarias.

- Acetatos de celulosa:

3912.11 -- Sin plastificar.

3912.11.01 Sin plastificar. Kg Ex. Ex.

3912.12 -- Plastificados.

3912.12.01 Plastificados. Kg Ex. Ex.

3912.20 - Nitratos de celulosa (incluidos los colodiones).

3912.20.02 Nitratos de celulosa (incluidos los colodiones). Kg Ex. Ex.

- Éteres de celulosa:

3912.31 -- Carboximetilcelulosa y sus sales.

3912.31.01 Carboximetilcelulosa y sus sales. Kg 10 Ex.

3912.39 -- Los demás.

3912.39.01 Metilcelulosa, en forma líquida o pastosa, incluidas las emulsiones, dispersiones o soluciones. Kg 7 Ex.

3912.39.02 Etilcelulosa. Kg 7 Ex.

3912.39.03 Metilcelulosa, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 3912.39.01. Kg 7 Ex.

3912.39.99 Las demás. Kg 10 Ex.

3912.90 - Los demás.

3912.90.01 Celulosa en polvo. Kg Ex. Ex.

3912.90.02 Celulosa esponjosa. Kg Ex. Ex.

3912.90.99 Las demás. Kg 5 Ex.

39.13 Polímeros naturales (por ejemplo, ácido algínico) y polímeros naturales modificados (por ejemplo: proteínas endurecidas, derivados químicos del caucho natural), no expresados ni comprendidos en otra parte, en formas primarias.

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