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Clasificación arancelaria Vehículos automóviles, tractores, velocípedos y demás vehículos terrestres; sus partes y accesorios Vehículos automóviles, tractores, velocípedos y demás vehículos terrestres; sus partes y accesorios

Descripcion

 La Clasificación Arancelaria que se describe en este apartado es conforme a la Ley de los Impuestos Generales de Importación y Exportación,  con el propósito de brindar información sobre operaciones de comercio exterior ante las Aduanas del País.

En el supuesto de que llegue a tener algún inconveniente en importaciones, puede considerar que todas las resoluciones de Aduanas son susceptibles de ser impugnadas ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa mediante Juicio de Nulidad,  por lo que en caso de que llegue a requerir asesoría no dude en contactar a nuestra firma legal  

Capítulo 87

Vehículos automóviles, tractores, velocípedos y demás vehículos terrestres; sus partes y accesorios

Notas.

1. Este Capítulo no comprende los vehículos diseñados para circular solamente sobre carriles (rieles).

2. En este Capítulo, se entiende por tractores los vehículos con motor esencialmente diseñados para tirar o empujar otros aparatos, vehículos o cargas, incluso si tienen ciertos acondicionamientos accesorios en relación con su utilización principal, que permitan el transporte de herramientas, semillas, abonos, etc.

Las máquinas e instrumentos de trabajo diseñados para equipar los tractores de la partida 87.01 como material intercambiable siguen su propio régimen, aunque se presenten con el tractor, incluso si están montados sobre éste.

3. Los chasis con cabina incorporada para vehículos automóviles se clasifican en las partidas 87.02 a 87.04 y no en la partida 87.06.

4. La partida 87.12 comprende todas las bicicletas para niños. Los demás velocípedos para niños se clasifican en la partida 95.03.

Nota de subpartida.

1. La subpartida 8708.22 comprende:

a) los parabrisas, vidrios traseros (lunetas) y demás ventanillas, enmarcados;

b) los parabrisas, vidrios traseros (lunetas) y demás ventanillas, incluso enmarcados, que incorporen dispositivos de calefacción u otros dispositivos eléctricos o electrónicos, siempre que estén destinados exclusiva o principalmente a vehículos automóviles de las partidas 87.01 a 87.05.

CÓDIGO DESCRIPCIÓN UNIDAD CUOTA (ARANCEL) IMPUESTO DE IMP. IMPUESTO DE EXP.

87.01 Tractores (excepto las carretillas tractor de la partida 87.09).

8701.10 - Tractores de un solo eje.

8701.10.01 Tractores de un solo eje. Pza Ex. Ex.

- Tractores de carretera para semirremolques:

8701.21 -- Únicamente con motor de émbolo (pistón), de encendido por compresión (diésel o semi-diésel).

8701.21.01 Usados. Pza 50 Ex.

8701.21.99 Los demás. Pza 20 Ex.

8701.22 -- Equipados para la propulsión con motor de émbolo (pistón), de encendido por compresión (diésel o semi-diésel) y con motor eléctrico.

8701.22.01 Usados. Pza 50 Ex.

8701.22.99 Los demás. Pza 20 Ex.

8701.23 -- Equipados para la propulsión con motor de émbolo (pistón), de encendido por chispa y con motor eléctrico.

8701.23.01 Usados. Pza 50 Ex.

8701.23.99 Los demás. Pza 20 Ex.

8701.24 -- Únicamente propulsados con motor eléctrico.

8701.24.01 Usados. Pza 50 Ex.

8701.24.99 Los demás. Pza 20 Ex.

8701.29 -- Los demás.

8701.29.01 Usados. Pza 50 Ex.

8701.29.99 Los demás. Pza 20 Ex.

8701.30 - Tractores de orugas.

8701.30.01 Tractores de orugas con potencia al volante del motor superior o igual a 105 CP sin exceder de 380 CP, medida a 1900 RPM, incluso con hoja empujadora. Pza 15 Ex.

8701.30.99 Los demás. Pza Ex. Ex.

- Los demás, con motor de potencia:

8701.91 -- Inferior o igual a 18 kW.

8701.91.01 Tractores de ruedas con toma de fuerza o enganche de tres puntos, para acoplamiento de implementos agrícolas, excepto aquellos cuyo número de serie o modelo sea al menos 2 años anterior al vigente. Pza 5 Ex.

8701.91.02 Tractores de ruedas con toma de fuerza o enganche de tres puntos, para acoplamiento de implementos agrícolas, incompletos o sin terminar, con transmisión manual sincronizada de 12 por 12 e inversor de marcha, que no incorpore al menos nueve de los siguientes elementos: el conjunto de rines, toldo, brazos de levante, contrapesos, tubo de escape, eje delantero, soporte frontal, radiador, salpicaduras, barra de tiro, horquilla barra de tiro, escalón y soportes, excepto aquellos cuyo número de serie o modelo Pza Ex. Ex.

sea al menos 2 años anterior al vigente.

8701.91.99 Los demás. Pza Ex. Ex.

8701.92 -- Superior a 18 kW pero inferior o igual a 37 kW.

8701.92.01 Tractores de ruedas con toma de fuerza o enganche de tres puntos, para acoplamiento de implementos agrícolas, excepto aquellos cuyo número de serie o modelo sea al menos 2 años anterior al vigente y lo comprendido en la fracción arancelaria 8701.92.02. Pza 5 Ex.

8701.92.02 Tractores de ruedas con toma de fuerza o enganche de tres puntos, para acoplamiento de implementos agrícolas, con potencia superior o igual a 32 CP. Pza Ex. Ex.

8701.92.03 Tractores de ruedas con toma de fuerza o enganche de tres puntos, para acoplamiento de implementos agrícolas, incompletos o sin terminar, con transmisión manual sincronizada de 12 por 12 e inversor de marcha, que no incorpore al menos nueve de los siguientes elementos: el conjunto de rines, toldo, brazos de levante, contrapesos, tubo de escape, eje delantero, soporte frontal, radiador, salpicaduras, barra de tiro, horquilla barra de tiro, escalón y soportes, excepto aquellos cuyo número de serie o modelo sea al menos 2 años anterior al vigente. Pza Ex. Ex.

8701.92.99 Los demás. Pza Ex. Ex.

8701.93 -- Superior a 37 kW pero inferior o igual a 75 kW.

8701.93.01 Tractores de ruedas con toma de fuerza o enganche de tres puntos, para acoplamiento de implementos agrícolas, con potencia superior a 53 CP, excepto aquellos cuyo número de serie o modelo sea al menos 2 años anterior al vigente. Pza 5 Ex.

8701.93.02 Tractores de ruedas con toma de fuerza o enganche de tres puntos, para acoplamiento de implementos agrícolas, incompletos o sin terminar, con transmisión manual sincronizada de 12 por 12 e inversor de marcha, que no incorpore al menos nueve de los siguientes elementos: el conjunto de rines, toldo, brazos de levante, contrapesos, tubo de escape, eje delantero, soporte frontal, radiador, salpicaduras, barra de tiro, horquilla barra de tiro, escalón y soportes, excepto Pza Ex. Ex.

aquellos cuyo número de serie o modelo sea al menos 2 años anterior al vigente.

8701.93.99 Los demás. Pza Ex. Ex.

8701.94 -- Superior a 75 kW pero inferior o igual a 130 kW.

8701.94.01 Tractores de ruedas con toma de fuerza o enganche de tres puntos, para acoplamiento de implementos agrícolas, excepto lo comprendido en las fracciones arancelarias 8701.94.02, 8701.94.03 y 8701.94.04. Pza 5 Ex.

8701.94.02 Tractores de ruedas con toma de fuerza o enganche de tres puntos, para acoplamiento de implementos agrícolas cuyo número de serie o modelo sea al menos 2 años anterior al vigente. Pza Ex. Ex.

8701.94.03 Tractores de ruedas con toma de fuerza o enganche de tres puntos, para acoplamiento de implementos agrícolas, con potencia superior o igual a 140 CP, transmisión manual y tablero de instrumentos analógico, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 8701.94.02. Pza Ex. Ex.

8701.94.04 Tractores de ruedas con toma de fuerza o enganche de tres puntos, para acoplamiento de implementos agrícolas, con potencia superior o igual a 106 CP pero inferior a 140 CP, con cabina con aire acondicionado y transmisión syncroplus o powerquad, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 8701.94.02. Pza Ex. Ex.

8701.94.05 Tractores de ruedas con toma de fuerza o enganche de tres puntos, para acoplamiento de implementos agrícolas, incompletos o sin terminar, con transmisión manual sincronizada de 12 por 12 e inversor de marcha, que no incorpore al menos nueve de los siguientes elementos: el conjunto de rines, toldo, brazos de levante, contrapesos, tubo de escape, eje delantero, soporte frontal, radiador, salpicaduras, barra de tiro, horquilla barra de tiro, escalón y soportes, excepto lo comprendido en las fracciones arancelarias 8701.94.02, 8701.94.03 y 8701.94.04. Pza Ex. Ex.

8701.94.99 Los demás. Pza Ex. Ex.

8701.95 -- Superior a 130 kW.

8701.95.01 Tractores de ruedas con toma de fuerza o Pza 5 Ex.

enganche de tres puntos, para acoplamiento de implementos agrícolas, con potencia superior a 180 CP, excepto aquellos cuyo número de serie o modelo sea al menos 2 años anterior al vigente.

8701.95.02 Tractores de ruedas con toma de fuerza o enganche de tres puntos, para acoplamiento de implementos agrícolas, incompletos o sin terminar, con transmisión manual sincronizada de 12 por 12 e inversor de marcha, que no incorpore al menos nueve de los siguientes elementos: el conjunto de rines, toldo, brazos de levante, contrapesos, tubo de escape, eje delantero, soporte frontal, radiador, salpicaduras, barra de tiro, horquilla barra de tiro, escalón y soportes, excepto aquellos cuyo número de serie o modelo sea al menos 2 años anterior al vigente. Pza Ex. Ex.

8701.95.99 Los demás. Pza Ex. Ex.

87.02 Vehículos automóviles para transporte de diez o más personas, incluido el conductor.

8702.10 - Únicamente con motor de émbolo (pistón), de encendido por compresión (diésel o semi-diésel).

8702.10.05 Usados. Pza 50 Ex.

8702.10.99 Los demás. Pza 20 Ex.

8702.20 - Equipados para la propulsión con motor de émbolo (pistón), de encendido por compresión (diésel o semi-diésel) y con motor eléctrico.

8702.20.05 Usados. Pza 50 Ex.

8702.20.99 Los demás. Pza 20 Ex.

8702.30 - Equipados para la propulsión con motor de émbolo (pistón), de encendido por chispa y con motor eléctrico.

8702.30.05 Usados. Pza 50 Ex.

8702.30.99 Los demás. Pza 20 Ex.

8702.40 - Únicamente propulsados con motor eléctrico.

8702.40.01 Trolebuses, excepto usados. Pza 15 Ex.

8702.40.02 Eléctricos, excepto usados. Pza 20 Ex.

8702.40.06 Usados. Pza 50 Ex.

8702.40.07 Trolebuses usados. Pza 15 Ex.

8702.90 - Los demás.

8702.90.01 Trolebuses, excepto usados. Pza 15 Ex.

8702.90.06 Usados, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 8702.90.08. Pza 50 Ex.

8702.90.08 Trolebuses usados. Pza 15 Ex.

8702.90.99 Los demás. Pza 20 Ex.

87.03 Automóviles de turismo y demás vehículos automóviles diseñados principalmente para el transporte de personas (excepto los de la partida 87.02), incluidos los del tipo familiar ("break" o "station wagon") y los de carreras.

8703.10 - Vehículos especialmente diseñados para desplazarse sobre nieve; vehículos especiales para transporte de personas en campos de golf y vehículos similares.

8703.10.04 Vehículos especialmente diseñados para desplazarse sobre nieve; vehículos especiales para transporte de personas en campos de golf y vehículos similares. Pza 15 Ex.

- Los demás vehículos, únicamente con motor de émbolo (pistón), de encendido por chispa:

8703.21 -- De cilindrada inferior o igual a 1,000 cm³.

8703.21.01 Motociclos de tres ruedas (trimotos) que presenten una dirección tipo automóvil o, al mismo tiempo, diferencial y reversa; motociclos de cuatro ruedas (cuadrimotos) con dirección tipo automóvil. Pza 15 Ex.

8703.21.02 Usados, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 8703.21.01. Pza 50 Ex.

8703.21.99 Los demás. Pza 20 Ex.

8703.22 -- De cilindrada superior a 1,000 cm³ pero inferior o igual a 1,500 cm³.

8703.22.02 Usados. Pza 50 Ex.

8703.22.99 Los demás. Pza 20 Ex.

8703.23 -- De cilindrada superior a 1,500 cm³ pero inferior o igual a 3,000 cm³.

8703.23.02 Usados. Pza 50 Ex.

8703.23.99 Los demás. Pza 20 Ex.

8703.24 -- De cilindrada superior a 3,000 cm³.

8703.24.02 Usados. Pza 50 Ex.

8703.24.99 Los demás. Pza 20 Ex.

- Los demás vehículos, únicamente con motor de émbolo (pistón), de encendido por compresión (diésel o semi-diésel):

8703.31 -- De cilindrada inferior o igual a 1,500 cm³.

8703.31.02 Usados. Pza 50 Ex.

8703.31.99 Los demás. Pza 20 Ex.

8703.32 -- De cilindrada superior a 1,500 cm³ pero inferior o igual a 2,500 cm³.

8703.32.02 Usados. Pza 50 Ex.

8703.32.99 Los demás. Pza 20 Ex.

8703.33 -- De cilindrada superior a 2,500 cm³.

8703.33.02 Usados. Pza 50 Ex.

8703.33.99 Los demás. Pza 20 Ex.

8703.40 - Los demás vehículos, equipados para la propulsión con motor de émbolo (pistón), de encendido por chispa y con motor eléctrico, excepto los que se puedan cargar mediante conexión a una fuente externa de alimentación eléctrica.

8703.40.02 Usados, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 8703.40.03. Pza 50 Ex.

8703.40.03 Motociclos de tres ruedas (trimotos), de cilindrada inferior o igual a 1,000 cm³, que presenten una dirección tipo automóvil o, al mismo tiempo, diferencial y reversa; motociclos de cuatro ruedas (cuadrimotos) con dirección tipo automóvil. Pza 15 Ex.

8703.40.99 Los demás. Pza 20 Ex.

8703.50 - Los demás vehículos, equipados para la propulsión con motor de émbolo (pistón), de encendido por compresión (diésel o semi-diésel) y con motor eléctrico, excepto los que se puedan cargar mediante conexión a una fuente externa de alimentación eléctrica.

8703.50.02 Usados. Pza 50 Ex.

8703.50.99 Los demás. Pza 20 Ex.

8703.60 - Los demás vehículos, equipados para la propulsión con motor de émbolo (pistón), de encendido por chispa y con motor eléctrico, que se puedan cargar mediante conexión a una fuente externa de alimentación eléctrica.

8703.60.02 Usados, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 8703.60.03. Pza 50 Ex.

8703.60.03 Motociclos de tres ruedas (trimotos), de cilindrada inferior o igual a 1,000 cm³, que presenten una dirección tipo automóvil o, al mismo tiempo, diferencial y reversa; motociclos de cuatro ruedas (cuadrimotos) con dirección tipo automóvil. Pza 15 Ex.

8703.60.99 Los demás. Pza 20 Ex.

8703.70 - Los demás vehículos, equipados para la propulsión con motor de émbolo (pistón), de encendido por compresión (diésel o semi-diésel) y con motor eléctrico, que se puedan cargar mediante conexión a una fuente externa de alimentación eléctrica.

8703.70.02 Usados. Pza 50 Ex.

8703.70.99 Los demás. Pza 20 Ex.

8703.80 - Los demás vehículos, propulsados únicamente con motor eléctrico.

8703.80.01 Eléctricos, excepto usados. Pza 15 Ex.

8703.80.02 Usados. Pza 15 Ex.

8703.90 - Los demás.

8703.90.02 Usados. Pza 50 Ex.

8703.90.99 Los demás. Pza 20 Ex.

87.04 Vehículos automóviles para transporte de mercancías.

8704.10 - Volquetes automotores diseñados para utilizarlos fuera de la red de carreteras.

8704.10.02 Volquetes automotores diseñados para utilizarlos fuera de la red de carreteras. Pza Ex. Ex.

- Los demás, únicamente con motor de émbolo (pistón), de encendido por compresión (diésel o semi-diésel):

8704.21 -- De peso total con carga máxima inferior o igual a 5 t.

8704.21.01 Acarreadores de escoria, excepto para la recolección de basura doméstica. Pza 5 Ex.

8704.21.04 Usados, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 8704.21.01. Pza 50 Ex.

8704.21.99 Los demás. Pza 20 Ex.

8704.22 -- De peso total con carga máxima superior a 5 t pero inferior o igual a 20 t.

8704.22.01 Acarreadores de escoria, excepto para la recolección de basura doméstica. Pza 5 Ex.

8704.22.07 Usados, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 8704.22.01. Pza 50 Ex.

8704.22.99 Los demás. Pza 20 Ex.

8704.23 -- De peso total con carga máxima superior a 20 t.

8704.23.01 Acarreadores de escoria. Pza 5 Ex.

8704.23.02 Usados, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 8704.23.01. Pza 50 Ex.

8704.23.99 Los demás. Pza 20 Ex.

- Los demás, únicamente con motor de émbolo (pistón), de encendido por chispa:

8704.31 -- De peso total con carga máxima inferior o igual a 5 t.

8704.31.01 Acarreadores de escoria, excepto para la recolección de basura doméstica. Pza 5 Ex.

8704.31.02 Motociclos de tres ruedas (trimotos) que presenten una dirección tipo automóvil o, al mismo tiempo, diferencial y reversa; motociclos de cuatro ruedas (cuadrimotos) con dirección tipo automóvil. Pza 15 Ex.

8704.31.05 Usados, excepto lo comprendido en las Pza 50 Ex.

fracciones arancelarias 8704.31.01 y 8704.31.02.

8704.31.99 Los demás. Pza 20 Ex.

8704.32 -- De peso total con carga máxima superior a 5 t.

8704.32.01 Acarreadores de escoria, excepto para la recolección de basura doméstica. Pza 5 Ex.

8704.32.07 Usados, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 8704.32.01. Pza 50 Ex.

8704.32.99 Los demás. Pza 20 Ex.

- Los demás, equipados para la propulsión con motor de émbolo (pistón), de encendido por compresión (diésel o semi-diésel) y con motor eléctrico:

8704.41 -- De peso total con carga máxima inferior o igual a 5 t.

8704.41.01 Acarreadores de escoria, excepto para la recolección de basura doméstica. Pza 5 Ex.

8704.41.02 Usados, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 8704.41.01. Pza 50 Ex.

8704.41.99 Los demás. Pza 20 Ex.

8704.42 -- De peso total con carga máxima superior a 5 t pero inferior o igual a 20 t.

8704.42.01 Acarreadores de escoria, excepto para la recolección de basura doméstica. Pza 5 Ex.

8704.42.02 Usados, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 8704.42.01. Pza 50 Ex.

8704.42.99 Los demás. Pza 20 Ex.

8704.43 -- De peso total con carga máxima superior a 20 t.

8704.43.01 Acarreadores de escoria. Pza 5 Ex.

8704.43.02 Usados, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 8704.43.01. Pza 50 Ex.

8704.43.99 Los demás. Pza 20 Ex.

- Los demás, equipados para la propulsión con motor de émbolo (pistón), de encendido por chispa y con motor eléctrico:

8704.51 -- De peso total con carga máxima inferior o igual a 5 t.

8704.51.01 Acarreadores de escoria, excepto para la recolección de basura doméstica. Pza 5 Ex.

8704.51.02 Motociclos de tres ruedas (trimotos) que presenten una dirección tipo automóvil o, al mismo tiempo, diferencial y reversa; motociclos de cuatro ruedas (cuadrimotos) con dirección tipo automóvil. Pza 15 Ex.

8704.51.03 Usados, excepto lo comprendido en las fracciones arancelarias 8704.51.01 y 8704.51.02. Pza 50 Ex.

8704.51.99 Los demás. Pza 20 Ex.

8704.52 -- De peso total con carga máxima superior a 5 t.

8704.52.01 Acarreadores de escoria, excepto para la recolección de basura doméstica. Pza 5 Ex.

8704.52.02 Usados, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 8704.52.01. Pza 50 Ex.

8704.52.99 Los demás. Pza 20 Ex.

8704.60 - Los demás, únicamente propulsados con motor eléctrico.

8704.60.01 Usados. Pza 15 Ex.

8704.60.02 Eléctricos, excepto usados. Pza 15 Ex.

8704.90 - Los demás.

8704.90.99 Los demás. Pza 15 Ex.

87.05 Vehículos automóviles para usos especiales, excepto los diseñados principalmente para transporte de personas o mercancías (por ejemplo: coches para reparaciones (auxilio mecánico), camiones grúa, camiones de bomberos, camiones hormigonera, coches barredera, coches esparcidores, coches taller, coches radiológicos).

8705.10 - Camiones grúa.

8705.10.01 Camiones-grúa. Pza 15 Ex.

8705.20 - Camiones automóviles para sondeo o perforación.

8705.20.01 Con equipos hidráulicos de perforación destinados a programas de abastecimiento de agua potable en el medio rural. Pza 5 Ex.

8705.20.99 Los demás. Pza 15 Ex.

8705.30 - Camiones de bomberos.

8705.30.01 Camiones de bomberos. Pza 5 Ex.

8705.40 - Camiones hormigonera.

8705.40.01 Camiones hormigonera, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 8705.40.02. Pza 20 Ex.

8705.40.02 Usados. Pza 50 Ex.

8705.90 - Los demás.

8705.90.01 Con equipos especiales para el aseo de calles. Pza Ex. Ex.

8705.90.02 Para aplicación de fertilizantes fluidos. Pza Ex. Ex.

8705.90.99 Los demás. Pza 15 Ex.

87.06 Chasis de vehículos automóviles de las partidas 87.01 a 87.05, equipados con su motor.

8706.00 Chasis de vehículos automóviles de las

partidas 87.01 a 87.05, equipados con su motor.

8706.00.01 Chasis con motor de explosión, de dos cilindros de 700 cm³, de cuatro tiempos y con potencia inferior a 20 CP (15 kW). Pza Ex. Ex.

8706.00.99 Los demás. Pza 20 Ex.

87.07 Carrocerías de vehículos automóviles de las partidas 87.01 a 87.05, incluidas las cabinas.

8707.10 - De vehículos de la partida 87.03.

8707.10.02 De vehículos de la partida 87.03. Pza Ex. Ex.

8707.90 - Las demás.

8707.90.02 Para transporte de más de 16 personas, para ser montadas sobre chasis de largueros completos, para vehículos de dos ejes. Pza 5 Ex.

8707.90.99 Las demás. Pza Ex. Ex.

87.08 Partes y accesorios de vehículos automóviles de las partidas 87.01 a 87.05.

8708.10 - Parachoques (paragolpes, defensas) y sus partes.

8708.10.01 Defensas para trolebuses. Kg Ex. Ex.

8708.10.02 Defensas reconocibles como diseñadas exclusivamente para tractores agrícolas. Kg Ex. Ex.

8708.10.03 Defensas completas, reconocibles como diseñadas exclusivamente para vehículos automóviles de hasta diez plazas. Pza 5 Ex.

8708.10.99 Los demás. Pza 5 Ex.

- Las demás partes y accesorios de carrocería (incluidas las de cabina):

8708.21 -- Cinturones de seguridad.

8708.21.01 Cinturones de seguridad. Pza Ex. Ex.

8708.22 -- Parabrisas, vidrios traseros (lunetas) y demás ventanillas especificados en la Nota 1 de subpartida de este Capítulo.

8708.22.01 Parabrisas, vidrios traseros (lunetas) y demás ventanillas especificados en la Nota 1 de subpartida de este Capítulo. Pza 5 Ex.

8708.29 -- Los demás.

8708.29.01 Guardafangos. Pza Ex. Ex.

8708.29.02 Capots (cofres). Pza Ex. Ex.

8708.29.03 Estribos. Pza Ex. Ex.

8708.29.04 Viseras, forros de tablero, paneles de puerta, coderas, sombrereras, incluso acojinadas. Pza Ex. Ex.

8708.29.05 Para trolebuses. Pza Ex. Ex.

8708.29.06 Para tractores de ruedas. Pza Ex. Ex.

8708.29.07 Parrillas de adorno y protección para Pza Ex. Ex.

radiador.

8708.29.08 Biseles. Pza Ex. Ex.

8708.29.09 Tapas de cajuelas portaequipajes. Pza Ex. Ex.

8708.29.10 Marcos para cristales. Pza 5 Ex.

8708.29.11 Aletas, excepto de vidrio, aun cuando se presenten con marco. Pza Ex. Ex.

8708.29.12 Soportes o armazones para acojinados. Pza Ex. Ex.

8708.29.13 Reconocibles como diseñados exclusivamente para capots (cofres). Pza Ex. Ex.

8708.29.16 Toldos exteriores acojinados, techos corredizos centrales o laterales y sus partes; de accionamiento manual o electrónico. Pza Ex. Ex.

8708.29.17 Juntas preformadas para carrocería. Pza Ex. Ex.

8708.29.18 Reconocibles como diseñados exclusivamente para lo comprendido en la fracción arancelaria 8701.30.01. Pza Ex. Ex.

8708.29.19 Ensambles de puertas. Pza Ex. Ex.

8708.29.20 Partes troqueladas para carrocería. Pza 5 Ex.

8708.29.22 Tableros de instrumentos, incluso con instrumentos de medida o control, para uso exclusivo en vehículos automóviles. Pza 5 Ex.

8708.29.23 Dispositivos retractores y sus partes o piezas sueltas, para cinturones de seguridad. Pza Ex. Ex.

8708.29.24 Dispositivos interiores (consolas), reconocibles como diseñados exclusivamente para vehículos automóviles hasta de diez plazas, aún cuando se presenten con palancas al piso para cambios de velocidades. Pza Ex. Ex.

8708.29.99 Los demás. Pza 5 Ex.

8708.30 - Frenos y servofrenos; sus partes.

8708.30.01 Para trolebuses. Pza Ex. Ex.

8708.30.02 Reconocibles como diseñadas exclusivamente para tractores de ruedas. Kg Ex. Ex.

8708.30.04 Guarniciones de frenos montadas, excepto lo comprendido en las fracciones arancelarias 8708.30.01, 8708.30.02 y lo reconocido como exclusivamente para lo comprendido en la fracción arancelaria 8701.30.01. Pza Ex. Ex.

8708.30.06 Cilindros de ruedas para mecanismos de frenos; juegos de repuesto para cilindros de rueda y para cilindros maestros, presentados en surtidos (kits) para su venta al por menor. Pza Ex. Ex.

8708.30.08 Frenos de tambor accionados por leva o sus partes componentes. Pza 5 Ex.

8708.30.09 Cilindros maestros para mecanismos de frenos. Pza 5 Ex.

8708.30.10 Frenos de tambor accionados hidráulicamente o sus partes componentes, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 8708.30.06. Pza 5 Ex.

8708.30.11 Mangueras de frenos hidráulicos automotrices con conexiones. Pza 5 Ex.

8708.30.99 Los demás. Pza Ex. Ex.

8708.40 - Cajas de cambio y sus partes.

8708.40.01 Reconocibles como diseñadas exclusivamente para lo comprendido en las fracciones arancelarias 8701.91.01, 8701.92.01, 8701.93.01, 8701.94.01, 8701.94.05 y 8701.95.01. Pza Ex. Ex.

8708.40.02 Cajas de velocidades mecánicas, con peso inferior a 120 kg. Pza Ex. Ex.

8708.40.03 Cajas de velocidades automáticas. Pza Ex. Ex.

8708.40.04 Cajas de velocidades mecánicas con peso superior o igual a 120 kg. Pza Ex. Ex.

8708.40.05 Reconocibles como diseñadas exclusivamente para lo comprendido en la fracción arancelaria 8701.30.01. Pza Ex. Ex.

8708.40.07 Partes reconocibles como diseñadas exclusivamente para lo comprendido en las fracciones arancelarias 8708.40.02 y 8708.40.04, excepto engranes. Pza Ex. Ex.

8708.40.08 Forja de flecha, para ser utilizada en cajas de velocidad de uso automotriz. Pza Ex. Ex.

8708.40.99 Las demás. Pza 5 Ex.

8708.50 - Ejes con diferencial, incluso provistos con otros órganos de transmisión, y ejes portadores; sus partes.

8708.50.01 Para trolebuses. Pza Ex. Ex.

8708.50.02 Reconocibles como diseñadas exclusivamente para lo comprendido en las fracciones arancelarias 8701.91.01, 8701.92.01, 8701.93.01, 8701.94.01, 8701.94.05 y 8701.95.01. Pza Ex. Ex.

8708.50.03 Reconocibles como diseñados exclusivamente para lo comprendido en la fracción arancelaria 8701.30.01. Pza Ex. Ex.

8708.50.04 Ejes con diferencial traseros sin acoplar a las masas, reconocibles como diseñados exclusivamente para lo comprendido en la partida 87.03. Pza Ex. Ex.

8708.50.05 Acoplados a las masas, con o sin mecanismos de frenos y tambores, excepto lo comprendido en las fracciones arancelarias 8708.50.04 y 8708.50.91. Pza 5 Ex.

8708.50.06 Conjunto diferencial integral compuesto de caja de velocidades, diferencial con o sin flecha (semieje), y sus partes Pza Ex. Ex.

componentes, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 8708.50.91.

8708.50.07 Ejes con diferencial delanteros, excepto lo comprendido en las fracciones arancelarias 8708.50.06 y 8708.50.91. Pza 5 Ex.

8708.50.10 Ejes portadores delanteros, y sus partes, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 8708.50.13. Pza Ex. Ex.

8708.50.13 Ejes portadores reconocibles como diseñados exclusivamente para lo comprendido en la partida 87.03. Pza 5 Ex.

8708.50.14 Vigas, muñones, brazos en forja para ejes delanteros de vehículos con capacidad de carga superior o igual a 2,724 kg (6,000 libras), pero inferior o igual a 8,172 kg (18,000 libras). Pza Ex. Ex.

8708.50.15 Corona en forja para ejes traseros de vehículos con capacidad de carga superior o igual a 8,626 kg (19,000 libras), pero inferior o igual a 20,884 kg (46,000 libras). Pza Ex. Ex.

8708.50.16 Fundiciones (esbozos) de mazas para eje delantero de vehículos con capacidad de carga superior a 2,724 kg (6,000 libras), pero inferior o igual a 8,172 kg (18,000 libras). Pza Ex. Ex.

8708.50.18 Forjas para la fabricación de flechas de velocidad constante (homocinéticas). Pza Ex. Ex.

8708.50.20 Reconocibles como diseñados exclusivamente para ejes cardán, excepto lo comprendido en las fracciones arancelarias 8708.50.22 y 8708.50.23. Pza 5 Ex.

8708.50.22 Ensamble de toma de fuerza para control de tracción delantera-trasera (PTU). Pza Ex. Ex.

8708.50.23 Ensamble diferencial hidráulico para estabilización de revoluciones ("Geromatic"). Pza Ex. Ex.

8708.50.24 Forjas o fundiciones de yugos, con peso unitario superior a 6.4 kg pero inferior o igual a 14 kg, para utilizarse en el eje trasero motriz. Pza Ex. Ex.

8708.50.25 Forjas de flechas de entrada y salida para diferencial de eje trasero; forjas de flechas semi-eje para vehículos con capacidad de carga superior a 8,626 kg (19,000 libras), pero inferior o igual a 20,884 kg (46,000 libras). Pza Ex. Ex.

8708.50.26 Conjuntos compuestos de las siguientes fundiciones: de portadiferencial, de caja para baleros, de caja diferencial, de caja cambiador y de caja piñón, todos ellos para integrar portadiferenciales de eje Pza Ex. Ex.

trasero de vehículos de carga.

8708.50.27 Fundiciones de mazas para eje diferencial trasero para vehículos con capacidad de carga superior a 8,626 kg (19,000 libras), pero inferior o igual a 20,884 kg (46,000 libras). Pza Ex. Ex.

8708.50.28 Placas troqueladas (preformas), de acero, para la fabricación de fundas para ejes traseros con diferencial, de vehículos con capacidad de carga superior a 8,626 kg (19,000 libras), pero inferior o igual a 20,884 kg (46,000 libras). Pza Ex. Ex.

8708.50.29 Forjas de crucetas para eje trasero motriz para vehículos con capacidad de carga superior o igual a 8,846 kg (19,501 libras), pero inferior o igual a 20,884 kg (46,000 libras). Pza Ex. Ex.

8708.50.30 Forjas de piñón para ejes traseros motriz, para vehículos con capacidad de carga superior o igual a 7,258 kg (16,000 libras), pero inferior o igual a 20,884 kg (46,000 libras). Pza Ex. Ex.

8708.50.91 Los demás ejes con diferencial reconocibles como diseñados exclusivamente para lo comprendido en la partida 87.03, excepto los comprendidos en las fracciones arancelarias 8708.50.04 y 8708.50.05. Pza Ex. Ex.

8708.50.92 Los demás ejes con diferencial, excepto los comprendidos en la fracción arancelaria 8708.50.91. Pza Ex. Ex.

8708.50.99 Los demás. Pza 5 Ex.

8708.70 - Ruedas, sus partes y accesorios.

8708.70.06 Tapones o polveras y arillos para ruedas, excepto las reconocidas como diseñadas exclusivamente para trolebuses y lo comprendido en la fracción arancelaria 8701.30.01. Pza 5 Ex.

8708.70.99 Los demás. Pza Ex. Ex.

8708.80 - Sistemas de suspensión y sus partes (incluidos los amortiguadores).

8708.80.01 Para trolebuses. Pza Ex. Ex.

8708.80.02 Reconocibles como diseñadas exclusivamente para lo comprendido en las fracciones arancelarias 8701.91.01, 8701.92.01, 8701.93.01, 8701.94.01, 8701.94.05 y 8701.95.01. Pza Ex. Ex.

8708.80.03 Reconocibles como diseñados exclusivamente para lo comprendido en la fracción arancelaria 8701.30.01. Pza Ex. Ex.

8708.80.04 Cartuchos para amortiguadores ("Mc Pherson Struts"). Pza 5 Ex.

8708.80.05 Partes reconocibles como diseñados exclusivamente para sistemas de suspensión, excepto lo comprendido en las fracciones arancelarias 8708.80.07, 8708.80.10 y 8708.80.12. Pza Ex. Ex.

8708.80.06 Horquillas de levante hidráulico. Pza Ex. Ex.

8708.80.07 Horquillas, brazos, excéntricos o pernos, para el sistema de suspensión delantera. Pza 5 Ex.

8708.80.08 Partes componentes de barras de torsión. Pza 5 Ex.

8708.80.09 Barras de torsión. Pza 5 Ex.

8708.80.10 Rótulas, para el sistema de suspensión delantera. Pza 5 Ex.

8708.80.11 Partes reconocibles como diseñados exclusivamente para amortiguadores. Pza 5 Ex.

8708.80.12 Bujes para suspensión. Pza 5 Ex.

8708.80.99 Los demás. Pza 5 Ex.

- Las demás partes y accesorios:

8708.91 -- Radiadores y sus partes.

8708.91.01 Reconocibles como diseñadas exclusivamente para lo comprendido en las fracciones arancelarias 8701.91.01, 8701.92.01, 8701.93.01, 8701.94.01, 8701.94.05 y 8701.95.01. Pza Ex. Ex.

8708.91.02 Aspas para radiadores. Pza Ex. Ex.

8708.91.03 Radiadores de aceites lubricantes para motores de émbolo (pistón) de encendido por compresión (motores Diesel o semi-Diesel). Kg Ex. Ex.

8708.91.99 Los demás. Pza 5 Ex.

8708.92 -- Silenciadores y tubos (caños) de escape; sus partes.

8708.92.03 Silenciadores y tubos (caños) de escape; sus partes. Pza Ex. Ex.

8708.93 -- Embragues y sus partes.

8708.93.05 Embragues y sus partes. Pza Ex. Ex.

8708.94 -- Volantes, columnas y cajas de dirección; sus partes.

8708.94.12 Volantes, columnas y cajas de dirección; sus partes. Pza Ex. Ex.

8708.95 -- Bolsas inflables de seguridad con sistema de inflado (airbag); sus partes.

8708.95.02 Bolsas inflables de seguridad con sistema de inflado (airbag); sus partes. Pza Ex. Ex.

8708.99 -- Los demás.

8708.99.04 Tanques de combustible, excepto los reconocidos como exclusivamente para trolebuses o lo comprendido en la fracción arancelaria 8701.30.01. Pza 5 Ex.

8708.99.07 Bastidores ("chasis"), excepto los reconocidos como exclusivamente para trolebuses o lo comprendido en la Pza 5 Ex.

fracción arancelaria 8701.30.01.

8708.99.08 Perchas o columpios, excepto los reconocidos como exclusivamente para trolebuses o lo comprendido en la fracción arancelaria 8701.30.01. Pza 5 Ex.

8708.99.09 Uniones de ballestas (abrazaderas o soportes), excepto los reconocidos como exclusivamente para trolebuses o lo comprendido en la fracción arancelaria 8701.30.01. Pza 5 Ex.

8708.99.99 Los demás. Pza Ex. Ex.

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