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Clasificación arancelaria Tejidos especiales; superficies textiles con mechón insertado; encajes; tapicería; pasamanería; bordados Tejidos especiales; superficies textiles con mechón insertado; encajes; tapicería; pasamanería; bord

Descripcion

 La Clasificación Arancelaria que se describe en este apartado es conforme a la Ley de los Impuestos Generales de Importación y Exportación,  con el propósito de brindar información sobre operaciones de comercio exterior ante las Aduanas del País.

En el supuesto de que llegue a tener algún inconveniente en importaciones, puede considerar que todas las resoluciones de Aduanas son susceptibles de ser impugnadas ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa mediante Juicio de Nulidad,  por lo que en caso de que llegue a requerir asesoría no dude en contactar a nuestra firma legal  

Capítulo 58

Tejidos especiales; superficies textiles con mechón insertado; encajes; tapicería; pasamanería; bordados

Notas.

1. No se clasifican en este Capítulo los tejidos especificados en la Nota 1 del Capítulo 59, impregnados, recubiertos, revestidos o estratificados ni los demás productos del Capítulo 59.

2. Se clasifican también en la partida 58.01 el terciopelo y la felpa por trama sin cortar todavía que no presenten ni pelo ni bucles en la superficie.

3. En la partida 58.03, se entiende por tejido de gasa de vuelta el tejido en el que la urdimbre esté compuesta en toda o parte de su superficie por hilos fijos (hilos derechos) y por hilos móviles (hilos de vuelta) que se cruzan con los fijos dando media vuelta, una vuelta completa o más de una vuelta, para formar un bucle que aprisiona la trama.

4. No se clasifican en la partida 58.04 las redes de mallas anudadas, en paño o en pieza, fabricadas con cordeles, cuerdas o cordajes, de la partida 56.08.

5. En la partida 58.06, se entiende por cintas:

a) - los tejidos (incluido el terciopelo) en tiras de anchura inferior o igual a 30 cm y con orillos verdaderos;

- las tiras de anchura inferior o igual a 30 cm obtenidas por corte de tejido y provistas de falsos orillos tejidos, pegados u obtenidos de otra forma;

b) los tejidos tubulares que, aplanados, tengan una anchura inferior o igual a 30 cm;

c) los tejidos al bies con bordes plegados de anchura inferior o igual a 30 cm una vez desplegados.

Las cintas con flecos obtenidos durante el tejido se clasifican en la partida 58.08.

6. El término bordados de la partida 58.10 se extiende a las aplicaciones por costura de lentejuelas, cuentas o motivos decorativos de textil u otra materia, así como a los trabajos realizados con hilos bordadores de metal o fibra de vidrio. Se excluye de la partida 58.10 la tapicería de aguja (partida 58.05).

7. Además de los productos de la partida 58.09, se clasifican también en las partidas de este Capítulo los productos hechos con hilos de metal, de los tipos utilizados en prendas de vestir, tapicería o usos similares.

CÓDIGO DESCRIPCIÓN UNIDAD CUOTA (ARANCEL) IMPUESTO DE IMP. IMPUESTO DE EXP.

58.01 Terciopelo y felpa, excepto los de punto, y tejidos de chenilla, excepto los productos de las partidas 58.02 o 58.06.

5801.10 - De lana o pelo fino.

5801.10.01 De lana o pelo fino. M² 10 Ex.

- De algodón:

5801.21 -- Terciopelo y felpa por trama, sin cortar.

5801.21.01 Terciopelo y felpa por trama, sin cortar. M² 10 Ex.

5801.22 -- Terciopelo y felpa por trama, cortados, rayados (pana rayada, "corduroy").

5801.22.01 Terciopelo y felpa por trama, cortados, rayados (pana rayada, "corduroy"). M² 10 Ex.

5801.23 -- Los demás terciopelos y felpas por trama.

5801.23.91 Los demás terciopelos y felpas por trama. M² 10 Ex.

5801.26 -- Tejidos de chenilla.

5801.26.01 Tejidos de chenilla. M² 10 Ex.

5801.27 -- Terciopelo y felpa por urdimbre.

5801.27.01 Terciopelo y felpa por urdimbre. M² 10 Ex.

- De fibras sintéticas o artificiales:

5801.31 -- Terciopelo y felpa por trama, sin cortar.

5801.31.01 Terciopelo y felpa por trama, sin cortar. M² 10 Ex.

5801.32 -- Terciopelo y felpa por trama, cortados, rayados (pana rayada, "corduroy").

5801.32.01 Terciopelo y felpa por trama, cortados, rayados (pana rayada, "corduroy"). M² 10 Ex.

5801.33 -- Los demás terciopelos y felpas por trama.

5801.33.91 Los demás terciopelos y felpas por trama. M² 10 Ex.

5801.36 -- Tejidos de chenilla.

5801.36.01 Tejidos de chenilla. M² 10 Ex.

5801.37 -- Terciopelo y felpa por urdimbre.

5801.37.01 Terciopelo y felpa por urdimbre. M² 10 Ex.

5801.90 - De las demás materias textiles.

5801.90.91 De las demás materias textiles. M² 10 Ex.

58.02 Tejidos con bucles del tipo toalla, excepto los productos de la partida 58.06; superficies textiles con mechón insertado, excepto los productos de la partida 57.03.

5802.10 - Tejidos con bucles del tipo toalla, de algodón.

5802.10.01 Crudos. M² 10 Ex.

5802.10.99 Los demás. M² 20 Ex.

5802.20 - Tejidos con bucles del tipo toalla, de las demás materias textiles.

5802.20.01 Tejidos con bucles del tipo toalla, de las demás materias textiles. M² 10 Ex.

5802.30 - Superficies textiles con mechón insertado.

5802.30.01 Superficies textiles con mechón insertado. M² 10 Ex.

58.03 Tejidos de gasa de vuelta, excepto los productos de la partida 58.06.

5803.00 Tejidos de gasa de vuelta, excepto los productos de la partida 58.06.

5803.00.05 Tejidos de gasa de vuelta, excepto los productos de la partida 58.06. M² 10 Ex.

58.04 Tul, tul-bobinot y tejidos de mallas anudadas; encajes en pieza, en tiras o en aplicaciones, excepto los productos de las partidas 60.02 a 60.06.

5804.10 - Tul, tul-bobinot y tejidos de mallas anudadas.

5804.10.01 Tul, tul-bobinot y tejidos de mallas anudadas. Kg 10 Ex.

- Encajes fabricados a máquina:

5804.21 -- De fibras sintéticas o artificiales.

5804.21.01 De fibras sintéticas o artificiales. Kg 10 Ex.

5804.29 -- De las demás materias textiles.

5804.29.91 De las demás materias textiles. Kg 10 Ex.

5804.30 - Encajes hechos a mano.

5804.30.01 Encajes hechos a mano. Kg 10 Ex.

58.05 Tapicería tejida a mano (gobelinos, Flandes, Aubusson, Beauvais y similares) y tapicería de aguja (por ejemplo: de "petit point", de punto de cruz), incluso confeccionadas.

5805.00 Tapicería tejida a mano (gobelinos, Flandes, Aubusson, Beauvais y similares) y tapicería de aguja (por ejemplo: de “petit point”, de punto de cruz), incluso confeccionadas.

5805.00.01 Tapicería tejida a mano (gobelinos, Flandes, Aubusson, Beauvais y similares) y tapicería de aguja (por ejemplo: de “petit point”, de punto de cruz), incluso confeccionadas. M² 10 Ex.

58.06 Cintas, excepto los artículos de la partida 58.07; cintas sin trama, de hilados o fibras paralelizados y aglutinados.

5806.10 - Cintas de terciopelo, de felpa, de tejidos de chenilla o de tejidos con bucles del tipo toalla.

5806.10.01 De seda. Kg Ex. Ex.

5806.10.99 Las demás. Kg 10 Ex.

5806.20 - Las demás cintas, con un contenido de hilos de elastómeros o de hilos de caucho superior o igual al 5% en peso.

5806.20.01 De seda. Kg Ex. Ex.

5806.20.99 Las demás. Kg 10 Ex.

- Las demás cintas:

5806.31 -- De algodón.

5806.31.01 De algodón. Kg 10 Ex.

5806.32 -- De fibras sintéticas o artificiales.

5806.32.01 De fibras sintéticas o artificiales. Kg 10 Ex.

5806.39 -- De las demás materias textiles.

5806.39.01 De seda. Kg Ex. Ex.

5806.39.99 Las demás. Kg 10 Ex.

5806.40 - Cintas sin trama, de hilados o fibras paralelizados y aglutinados.

5806.40.01 De seda. Kg Ex. Ex.

5806.40.99 Las demás. Kg 10 Ex.

58.07 Etiquetas, escudos y artículos similares, de materia textil, en pieza,

cintas o recortados, sin bordar.

5807.10 - Tejidos.

5807.10.01 Tejidos. Kg 10 Ex.

5807.90 - Los demás.

5807.90.99 Los demás. Kg 10 Ex.

58.08 Trenzas en pieza; artículos de pasamanería y artículos ornamentales análogos, en pieza, sin bordar, excepto los de punto; bellotas, madroños, pompones, borlas y artículos similares.

5808.10 - Trenzas en pieza.

5808.10.01 Trenzas en pieza. Kg 10 Ex.

5808.90 - Los demás.

5808.90.99 Los demás. Kg 10 Ex.

58.09 Tejidos de hilos de metal y tejidos de hilados metálicos o de hilados textiles metalizados de la partida 56.05, de los tipos utilizados en prendas de vestir, tapicería o usos similares, no expresados ni comprendidos en otra parte.

5809.00 Tejidos de hilos de metal y tejidos de hilados metálicos o de hilados textiles metalizados de la partida 56.05, de los tipos utilizados en prendas de vestir, tapicería o usos similares, no expresados ni comprendidos en otra parte.

5809.00.01 Tejidos de hilos de metal y tejidos de hilados metálicos o de hilados textiles metalizados de la partida 56.05, de los tipos utilizados en prendas de vestir, tapicería o usos similares, no expresados ni comprendidos en otra parte. M² 10 Ex.

58.10 Bordados en pieza, en tiras o en aplicaciones.

5810.10 - Bordados químicos o aéreos y bordados con fondo recortado.

5810.10.01 Bordados químicos o aéreos y bordados con fondo recortado. Kg 10 Ex.

- Los demás bordados:

5810.91 -- De algodón.

5810.91.01 De algodón. Kg 10 Ex.

5810.92 -- De fibras sintéticas o artificiales.

5810.92.01 De fibras sintéticas o artificiales. Kg 10 Ex.

5810.99 -- De las demás materias textiles.

5810.99.91 De las demás materias textiles. Kg 10 Ex.

58.11 Productos textiles acolchados en

pieza, constituidos por una o varias capas de materia textil combinadas con una materia de relleno y mantenidas mediante puntadas u otro modo de sujeción, excepto los bordados de la partida 58.10.

5811.00 Productos textiles acolchados en pieza, constituidos por una o varias capas de materia textil combinadas con una materia de relleno y mantenidas mediante puntadas u otro modo de sujeción, excepto los bordados de la partida 58.10.

5811.00.01 Productos textiles acolchados en pieza, constituidos por una o varias capas de materia textil combinadas con una materia de relleno y mantenidas mediante puntadas u otro modo de sujeción, excepto los bordados de la partida 58.10. M² 10 Ex.