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Multa por No declarar mercancía contrabando equiparado Multa por No declarar mercancía (contrabando equiparado)

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Multa por No declarar mercancía (contrabando equiparado)

Nuestra firma legal abogadoencomercioexterior cuenta con la experiencia de más de diez años en el e litigio en contra de las determinaciones de Aduanas México, defendiendo a particulares y empresas que se vieron afectadas por las resoluciones derivadas de procedimientos en materia aduanera (PAMA), derivado de ello, conocemos que resulta trascendente mantener una adecuada información, asi como un contacto entre nuestra firma y nuestros representados,  para poder obtener una resolución favorable.

Entre nuestros principales servicios como abogados en comercio exterior se encuentra la impugnación de multas impuestas por Aduanas México, así como la impugnación de determinación de contribuciones omitidas.

En muchas ocasiones no se trata de que las empresas o particulares realicen una omisión en el pago de las contribuciones de comercio exterior,  sino que tal vez,  exista una indebida clasificación arancelaria, que posiciona a la operación en un marco legal completamente diferente.

Recuerde que las determinaciones y multas impuestas en materia de comercio exterior pueden ser impugnadas dentro de los 30 días posteriores a su notificación.

Si deseas mas información no dudes en contactarnos en abogado en comercio exterior

Multa por Incumplimiento de regulaciones de exportación e importación

¿Qué significa no declarar mercancía?

No declarar mercancía ante la aduana significa introducir o extraer productos del país sin informar total o parcialmente a las autoridades aduaneras, ya sea:

  • Ocultándolos

  • No registrándolos en el pedimento

  • Declarando una cantidad menor

  • Presentándolos como otro producto

Esto constituye contrabando o contrabando equiparado, dependiendo del caso.


2. Fundamento legal (México)

  • Artículo 103 y 105 del Código Fiscal de la Federación (CFF)

  • Artículo 176 y 178 de la Ley Aduanera

  • Artículo 102 y 103 del Código Penal Federal (cuando hay delito)


3. ¿Qué es contrabando equiparado?

Es una figura legal similar al contrabando, pero no requiere necesariamente que la mercancía cruce físicamente por una vía prohibida. Basta con omitir su declaración, usar documentos falsos o simular legalidad.


4. Multas y sanciones por no declarar mercancía

a) Sanción administrativa (cuando no hay delito):

  • Multa del 130% al 150% del valor en aduana de las mercancías no declaradas.

  • Embargo o decomiso de las mercancías.

  • Suspensión del padrón de importadores/exportadores.

  • Inhabilitación del agente aduanal, si participa.

b) Sanción penal (cuando hay dolo o valor elevado):

  • Si el valor de la mercancía no declarada excede el equivalente a $1,318,920 MXN (actualizable), se considera delito fiscal.

  • Pena de prisión de 3 a 9 años.

  • En casos agravados (reincidencia, uso de documentos falsos, bandas organizadas): hasta 13 años de prisión.


5. Ejemplos de contrabando equiparado

  • Declarar que importas 1,000 piezas cuando realmente traes 1,500.

  • Usar un pedimento para una mercancía distinta (ej. declarar zapatos como ropa).

  • Simular el cumplimiento de una NOM o permiso cuando no se tiene.

  • No declarar productos que vienen ocultos dentro de otras mercancías.


6. Cómo evitar esta sanción

  • Verifica cada embarque contra el pedimento (cantidad, peso, descripción, fracción arancelaria).

  • Realiza revisiones físicas aleatorias de mercancía antes del despacho.

  • Capacita a tu personal y mantén coordinación estrecha con tu agente aduanal.

  • No firmes pedimentos sin revisar.

  • Conserva toda la documentación de embarque y proveedores.

  • Si detectas un error antes de que lo haga la autoridad, considera hacer una rectificación voluntaria.