Nuestra firma legal abogadoencomercioexterior cuenta con la experiencia de más de diez años
en el e litigio en contra de las determinaciones de Aduanas
México, defendiendo a particulares y empresas que se vieron afectadas por
las resoluciones derivadas de procedimientos en materia aduanera (PAMA),
derivado de ello, conocemos que resulta trascendente mantener una adecuada
información, asi como un contacto entre nuestra firma y nuestros representados,
para poder obtener una resolución favorable.
Entre nuestros principales servicios como abogados en
comercio exterior se encuentra la impugnación de multas impuestas por
Aduanas México, así como la impugnación de determinación de contribuciones
omitidas.
En muchas ocasiones no se trata de que las empresas o
particulares realicen una omisión en el pago de las contribuciones de
comercio exterior, sino que tal vez, exista una
indebida clasificación arancelaria, que posiciona a la operación en un marco
legal completamente diferente.
Recuerde que las determinaciones y multas impuestas en materia de comercio exterior pueden ser impugnadas dentro de los 30 días posteriores a su notificación.
Si deseas mas información no dudes en contactarnos en abogado en comercio exterior
En materia de comercio exterior, cuando la autoridad te impone una multa por presunta subvaluación o error en el valor declarado en el pedimento, tú sí puedes impugnarla con pruebas de valor comercial reales. Esto es un derecho del contribuyente, y forma parte de una defensa legítima.
Cuando la autoridad determina que:
Declaraste un valor en aduana inferior al "real" (presunta subvaluación).
Considera que el valor declarado no corresponde al valor de transacción.
Te impone una multa o ajusta la base para calcular impuestos (IVA, IGI, etc.).
Debe ser legible, completa y mostrar el valor acordado por la operación.
Es la prueba principal del valor de transacción (Art. 64 de la Ley Aduanera).
Importante: Debe coincidir con el pedimento, el contrato y los términos INCOTERM usados.
Establece precio, condiciones de entrega, forma de pago, partes contratantes.
Prueba que el valor fue pactado entre comprador y vendedor sin relación indebida.
Comprobantes de pago que acreditan el monto efectivamente pagado.
Vinculan el valor declarado con el flujo real de dinero.
Demuestra que el precio declarado corresponde a la tarifa o lista de precios vigente.
Sirven para demostrar el valor de mercado del bien.
Correos, cotizaciones o acuerdos de precio que demuestran el valor real.
Puedes presentar la declaración de exportación que ampare el mismo valor desde el país de origen.
Ley Aduanera:
Art. 64: Define el valor en aduana como el valor de transacción (precio realmente pagado por las mercancías).
Art. 71: Reglas para comprobar que el valor fue pactado sin influencia indebida.
Código Fiscal de la Federación:
Art. 68: Puedes aportar pruebas en tu defensa.
Art. 70 y 74: La autoridad debe respetar el principio de proporcionalidad.
Recurso de revocación ante el SAT (dentro de 30 días hábiles).
Juicio contencioso administrativo ante el TFJA.
Acuerdo conclusivo ante PRODECON (si estás en auditoría).
Aporta las pruebas en copia certificada o simple con cotejo.
Presenta un análisis técnico del valor de transacción si la autoridad usa método de referencia (valores estimados o bases de datos).
Si la autoridad no tomó en cuenta tus pruebas, alega falta de motivación o violación al debido proceso.