Nuestra firma legal abogadoencomercioexterior cuenta con la experiencia de más de diez años
en el e litigio en contra de las determinaciones de Aduanas
México, defendiendo a particulares y empresas que se vieron afectadas por
las resoluciones derivadas de procedimientos en materia aduanera (PAMA),
derivado de ello, conocemos que resulta trascendente mantener una adecuada
información, asi como un contacto entre nuestra firma y nuestros representados,
para poder obtener una resolución favorable.
Entre nuestros principales servicios como abogados en
comercio exterior se encuentra la impugnación de multas impuestas por
Aduanas México, así como la impugnación de determinación de contribuciones
omitidas.
En muchas ocasiones no se trata de que las empresas o
particulares realicen una omisión en el pago de las contribuciones de
comercio exterior, sino que tal vez, exista una
indebida clasificación arancelaria, que posiciona a la operación en un marco
legal completamente diferente.
Recuerde que las determinaciones y multas impuestas en materia de comercio exterior pueden ser impugnadas dentro de los 30 días posteriores a su notificación.
Si deseas mas información no dudes en contactarnos en abogado en comercio exterior
La multa equivalente al impuesto general de importación
(IGI) puede variar dependiendo de la jurisdicción y las regulaciones
específicas del país en cuestión. El impuesto general de importación es un
arancel que se aplica al valor de las mercancías importadas y su tasa puede
variar según el tipo de producto y otros factores.
En algunos casos, las multas por infracciones relacionadas
con la importación pueden ser calculadas como un porcentaje del valor de las
mercancías importadas, similar al impuesto general de importación. Sin embargo,
es importante tener en cuenta que las multas no siempre son equivalentes al
impuesto en sí, ya que pueden ser determinadas por otros factores, como la
gravedad de la infracción y las regulaciones específicas aplicables.
Para obtener información precisa sobre la multa equivalente
al impuesto general de importación en un país específico, se recomienda
consultar con las autoridades aduaneras locales o buscar asesoramiento legal
especializado. Cada país tiene sus propias leyes y regulaciones aduaneras que
establecen cómo se calculan las multas y cuáles son los factores que se toman
en consideración.
Multa equivalente del 30% al 50% del impuesto general de importación que habría tenido que cubrirse si la importación fuera definitiva o del 15% al 30% del valor comercial de las mercancías cuando estén exentas, en los casos a que se refiere la fracción I, incisos d) y e) y la fracción III. Tratándose de yates y veleros turísticos la multa será del 10% al 15% del valor comercial.